III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-20528)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio de colaboración entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Comunidad Autónoma de Cataluña, para el intercambio de datos a efectos de la gestión y control de subvenciones a los seguros agrarios de los beneficiarios de su comunidad autónoma.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de diciembre de 2022

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celebrado convenios de colaboración con las CCAA para el intercambio de datos a
efectos de gestión y control de subvenciones a los seguros agrarios de los beneficiarios
de cada CCAA.
Por todo ello, las CCAA, se comprometen a enviar a ENESA un fichero con todos
aquellos beneficiarios que tienen derecho a percibir las subvenciones adicionales.
El fichero mediante el que se remite dicha información debe enviarse con el formato
descrito en el documento SGSSA_DR_CSA_1XX, en su última versión.
La información a enviar está formada por:
– Ejercicio: Año en el que se envía la información.
– CA: Comunidad Autónoma que remite la información.
– Letra del CIF: Letra del CIF del beneficiario.
– Número de CIF/NIF: Número del CIF/NIF del beneficiario.
– Letra del NIF: Letra del NIF del beneficiario.
– Agricultor/Ganadero Profesional: Derecho a percibir subvención adicional por ser
Agricultor/ Ganadero Profesional, para aquellas CCAA que disponen de dicha
información.
– Explotación Prioritaria: Derecho a percibir subvención adicional por ser Titular de
una Explotación calificada como Prioritaria.
– Organización de Productores: Derecho a percibir subvención adicional por ser
socio de una organización o agrupación de productores.
– Joven Agricultor/Ganadero: Derecho a percibir subvención adicional por ser joven
Agricultor/Ganadero y haber recibido el pago para los jóvenes agricultores.
– ADSG: Derecho a percibir subvención adicional por tener explotaciones ganaderas
integradas en una agrupación de defensa sanitaria ganadera, (ADSG), para aquellas
CCAA que disponen de dicha información.
– ATRIAS/ADV/ASV/ATESVE: Derecho a percibir subvención adicional por
pertenecer a una estructura de asesoramiento establecida para la defensa de sanidad
vegetal, como ATRIA, ADV, ASV, ATESVE.
– Agricultura Ecológica: Derecho a percibir subvención adicional por utilizar técnicas
agrícolas de producción ecológica.
– Ganadería Ecológica: Derecho a percibir subvención adicional por utilizar técnicas
ganaderas de producción ecológica.
Los criterios para la cumplimentación de los campos están definidos en el Anexo I del
presente documento.
Comunidad Autónoma que debe enviar la información
Cada CA deberá remitir a ENESA los datos relativos a los beneficiarios que tienen
derecho a percibir las subvenciones adicionales, según los datos de los que dispongan
en su base de datos.
Alta de datos
La información correspondiente de los beneficiarios con derecho a percibir las
subvenciones adicionales (o la negación del derecho, en su caso), se enviará a ENESA.
Nomenclatura de los ficheros CSA
Los ficheros para el alta de los datos del Control de Subvenciones Adicionales deben
tener un nombre ajustado al siguiente formato:
CSA_EEEE_CA_DDMMYYYY_NN.TXT (en mayúsculas).

cve: BOE-A-2022-20528
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 291