II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20481)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Universitat de València, por la que se convoca proceso selectivo de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Gestión Universitaria (Subgrupo A2).
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Lunes 5 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 166643

vínculo de parentesco y dependencia del nacional de otro Estado cuando esta
circunstancia habilite para su participación en el proceso selectivo.
Si las personas aspirantes participan por su condición de cónyuges, tendrán que
presentar declaración jurada de no estar separado de derecho de su cónyuge. Las
personas aspirantes que participen por su condición de descendientes de personas que
no tienen la nacionalidad española ni de ningún otro Estado de la Unión Europea,
tendrán que presentar declaración jurada de la no separación de derecho de su
progenitor, así como, en su caso, del hecho de que la persona aspirante está a su cargo.
Los documentos que no estén redactados en castellano o valenciano deberán
presentarse con la correspondiente traducción jurada.
3.4.2 En el supuesto de acogerse a la exención o bonificación de tasas, se
adjuntará el documento que justifique el motivo de dicha exención o bonificación
(apartado 3.6 de esta convocatoria).
3.4.3 Las personas aspirantes deberán adjuntar a la solicitud de participación todos
los méritos digitalizados, en formato PDF, que sean baremables según el anexo I de la
convocatoria, así como la hoja de autovaloración para la presentación de documentos
que estará disponible en el siguiente enlace: https://go.uv.es/ShSk9ka.
No será necesario presentar la documentación requerida, si ya obra en poder de la
Universitat de València. A tal efecto, la persona aspirante deberá anexar a la solicitud de
participación, a través de la sede electrónica, un escrito con una relación precisa y
detallada de todos los méritos alegados, e indicando con exactitud el procedimiento en el
cual se aportó dicha documentación a la Universitat. En el caso de no haberlo solicitado
en este trámite, no podrá alegarlo con posterioridad.
3.5 El ingreso de los derechos de admisión al proceso selectivo (22,50 euros) se ha
de realizar mediante tarjeta bancaria dentro del plazo de presentación de solicitudes de
participación.
A dicho importe ya se le ha aplicado la bonificación del diez por ciento por
presentación telemática de la solicitud de participación establecida en el artículo 18.1-6
de la Ley 20/2017 de la Generalitat, de Tasas.
La falta de abono de la cantidad indicada como derechos de admisión al proceso
selectivo dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación, se considerará
incumplimiento insubsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante en el
proceso selectivo.
3.6 De acuerdo con lo que dispone el texto refundido de la Ley de la Generalitat
Valenciana, de Tasas, se aplicarán las exenciones o bonificaciones siguientes en el pago
de derechos de admisión al proceso selectivo:
Estarán exentas del pago de los derechos de admisión al proceso selectivo:

− Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %. Estas personas deberán
adjuntar al formulario electrónico los certificados correspondientes que acrediten la
condición de personas con discapacidad (certificado de la Conselleria de Igualdad y
Políticas Inclusivas u órgano competente).
− Los miembros de familias numerosas y de familias monoparentales de categoría
especial. Estas personas deberán adjuntar al formulario electrónico la documentación
oficial en vigor que acredite dicha condición.
− Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en los artículos 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
− Las personas que estén en situación de exclusión social. Estas personas deberán
adjuntar al formulario electrónico la documentación oficial en vigor que acredite dicha
condición, expedido por el órgano competente en materia de bienestar social del
ayuntamiento de residencia.

cve: BOE-A-2022-20481
Verificable en https://www.boe.es

3.6.1