III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-20327)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne, la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de la asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2022 y 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de diciembre de 2022

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A estos efectos, el MAPA, con su aportación al presente convenio, abonará los
gastos que se originen por la realización de las ferias, excluyendo los gastos derivados
de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del
personal propio y compra de productos.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por las organizaciones
interprofesionales en el cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente
convenio sólo será considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no
sea susceptible de recuperación o compensación por las interprofesionales.
2. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la propuesta de la empresa
seleccionada por las organizaciones interprofesionales participantes en cada feria, para
la construcción del stand en las ferias de este convenio según el anexo I.
3. Participar en la preparación de las actuaciones con sus unidades técnicas y de
promoción.
4. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
5. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
Cuarta. Obligaciones de las Organizaciones Interprofesionales.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, las organizaciones
interprofesionales se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:
1. Coordinar la participación de las diferentes organizaciones interprofesionales en
las ferias seleccionadas, con un stand único o con stands contiguos con una estética e
imagen común.
2. Coordinar la participación de las empresas del sector en cada acto promocional.
A estos efectos el número mínimo de empresas exigido para participar en una feria a
través del presente convenio será de cuatro.
3. Convocar a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten
ofertas para la ejecución de las ferias, cumpliéndose los principios básicos, de
transparencia, no discriminación e igualdad de trato. Las empresas deberán presentar la
documentación necesaria que garantice su capacidad técnica y legal para la realización
del trabajo.
4. Remitir al MAPA el anexo II y el proyecto de la empresa seleccionada, con una
antelación de, al menos, diez días hábiles antes del inicio de las actividades.
El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por
el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor y a las especificaciones de los diferentes
recintos feriales. En concreto deberá tener, entre otras, las siguientes características:
– En el perímetro exterior se instalarán rótulos con los logotipos del Gobierno de
España, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según la normativa de la
imagen institucional de la Administración General del Estado, así como el de
«#alimentosdespaña».
– Se contará con un espacio o despacho dentro del estand para su utilización por el
MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el Departamento.
5. Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los
pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las
ferias.
6. Facilitar, en tiempo y forma, al MAPA la información sobre las actuaciones
protocolarias para su participación, así como de los programas técnicos y generales de
las ferias. Se facilitarán, sin coste, a los representantes del MAPA acreditaciones y pases
para cada feria.
7. Aportar el material de exposición y decoración.

cve: BOE-A-2022-20327
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Núm. 290