III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-20321)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se publica el Convenio con la Axencia Galega de Infraestruturas, para el fomento de la movilidad sostenible en la fachada marítima de Ferrol.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 166014

trece mil novecientos sesenta y seis mil euros con ochenta y ocho céntimos
(3.113.966,88 euros), IVA no incluido, que proceden del MRR, con cargo a la partida
presupuestaria 09.A1.512B.703. código de proyecto 2022-00009 de los presupuestos de
la AXI, de acuerdo con la siguiente distribución:
Año

Importe

Euros

2022

100.000,00

2023

400.000,00

2024

2.613.966,88

Total.

3.113.966,88

En concreto se subvenciona el 100% de las actuaciones integración urbana y mejora
del tránsito peatonal/ciclista en la Carretera Baja del Puerto y la construcción de
aparcamientos disuasorios y el 50% de la actuación en el entorno de la dársena de
Curuxeiras.
Por exigencias de los fondos del MRR, la AXI no podrá subvencionar el importe del
IVA ni las tasas por dirección de obra que, en todo caso, correrán a cargo de la APFSC.
Cuarta.

Justificación y pago.

1. Justificación de los gastos efectuados con facturas o documentos contables de
valor probatorio equivalente, y de los pagos realizados, con justificantes de las
transferencias bancarias o documentos acreditativos de los pagos realizados, de
acuerdo con la normativa aplicable a los fondos europeos.
2. Certificación de la intervención o del órgano que tiene atribuidas las facultades
de control de la toma de razón en contabilidad del gasto realizado y del cumplimiento de
la finalidad para la que fue concedida la subvención.
3. Certificación expedida por el órgano correspondiente de los gastos realizados
con recursos propios y, si es el caso, de otros ingresos o subvenciones que financiasen
la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
4. Certificados del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad
Social, y de no tener pendiente de pago deudas con la Administración pública de la
comunidad autónoma conforme con lo establecido en los artículos 10 y 11 del
Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007,
de 13 de xuño, de Subvenciones de Galicia.
5. Declaración responsable de la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
6. Muestra fotográfica de la publicidad de la subvención y de las obras realizadas,
según lo establecido en la cláusula segunda del convenio.

cve: BOE-A-2022-20321
Verificable en https://www.boe.es

La justificación de los gastos y su pago se realizará en los términos establecidos en
la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia y en el Decreto 11/2009, de 8
de enero, por el que se aprueba el reglamento da la citada Ley.
Según lo establecido en el artículo 62 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, se podrán
realizar pagos a cuenta, que responderán al ritmo de ejecución de la acción
subvencionada. Estos pagos se abonarán por cuantía equivalente a la justificación
presentada, hasta un máximo del 80%.
La APFSC justificará el cumplimiento de la finalidad para la que se concede la
subvención y la aplicación de los fondos percibidos ante la Consellería de Infraestruturas
e Mobilidade, AXI, y en su caso, ante la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad
y Agencia Urbana mediante la presentación de la siguiente documentación: