III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-20325)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la prórroga al Convenio con la Real Academia de la Gastronomía, para la promoción internacional de la gastronomía española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 166039

Ambas Partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen recíprocamente plena
capacidad jurídica y competencia suficiente para suscribir el presente documento y, a tal
efecto,
MANIFIESTAN
I. Que, con fecha 1 de marzo de 2021 se firmó un convenio entre ICEX y RAG para
la promoción internacional de la gastronomía española (en adelante, el Convenio).
II. Que, el Convenio estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre de 2022.
III. Que, se encuentra contemplada en la cláusula sexta del propio Convenio la
posibilidad de que este sea prorrogado por hasta cuatro (4) años adicionales mediante
acuerdo expreso y por escrito de las Partes.
IV. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes
proceder a prorrogar el Convenio por cuatro (4) años adicionales para continuar con el
correcto desarrollo de la colaboración ya iniciada.
Y, en consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga
al Convenio (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Prórroga.

Las Partes acuerdan prorrogar por cuatro (4) años la duración del Convenio desde la
finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo, es decir, desde el
próximo 31 de diciembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2026.
Segunda.

Perfección de la Prórroga.

Esta Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez
inscrita, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
(REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE) en el plazo de (10) diez días hábiles desde su formalización.
Tercera.

Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo
establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.

cve: BOE-A-2022-20325
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las
Partes firman la presente Prórroga a un solo efecto, en Madrid, en la fecha indicada al
principio del convenio, tomándose como fecha de formalización del presente documento
la fecha del último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la
Consejera Delegada, María Peña Mateos.–Por la Real Academia de la Gastronomía, la
Presidenta, Lourdes Plana Bellido.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X