II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-20310)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Universidad de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 165891

b) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos a que
hace referencia el apartado 2 de la base segunda.
c) Justificante acreditativo del pago en concepto de derechos de examen.
La no aportación de la documentación indicada en el plazo de presentación de
instancias o en el de subsanación concedido al efecto, determinará la exclusión
automática del aspirante del procedimiento.
Los funcionarios de carrera que se encuentren prestando servicios en la Universidad
de Cantabria, estarán exentos de justificar los requisitos de los apartados a) y b).
3.4 Así mismo, en caso de no disponer de certificado electrónico, las solicitudes
podrán presentarse siguiendo el mismo procedimiento, pero utilizando la opción
«Presentación Presencial», que generará un formulario que se imprimirá y presentará
con el resto de la documentación requerida en el apartado 3.3 en cualquiera de las
formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán
entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por la persona empleada de
Correos antes de ser certificadas.
3.5 Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo el procedimiento
señalado en la base 3.4 se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada
en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Cantabria.
3.6 La presentación de la solicitud conllevará la aceptación de las bases de la
convocatoria y una declaración responsable en el sentido de que todos los datos
consignados en la solicitud se ajustan a la realidad y la aceptación de que la inexactitud
de los datos y circunstancias declaradas, así como la manipulación de documentos,
podrá dar lugar a la invalidación de la solicitud y al resto de responsabilidades previstas
en las leyes.
3.7 La Universidad podrá requerir del solicitante la documentación original o copia
compulsada de los documentos presentados en cualquiera de las fases del
procedimiento selectivo. En todo caso, deberán presentarse por el candidato
seleccionado antes de su nombramiento.
Los concursantes deberán abonar a la Universidad de Cantabria la cantidad de 45,81
euros en concepto de derechos de examen. El ingreso o transferencia deberá ser
efectuado en Liberbank, en la cuenta número ES63 2048 2204 1734 0000 0139
«Universidad de Cantabria» abierta en dicha entidad, indicando en el concepto el
nombre del aspirante y plaza a la que concursa.
La falta de abono de estos derechos a la finalización del plazo de presentación de
instancias no es subsanable, y determinará la exclusión del aspirante.
3.8 Será causa definitiva de exclusión la presentación de cualquier solicitud que no
siga el procedimiento establecido en esta base tercera.
Admisión de los aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una Resolución,
en el plazo máximo de veinte días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se
publicará en el tablón de anuncios del Rectorado (Pabellón de Gobierno, avenida de Los
Castros, n.º 54, 39005 Santander) y se difundirá a través de la página web de Concursos
PDI de la UC.
Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a su publicación en el
tablón de anuncios, o bien subsanar en el mismo plazo el motivo de la exclusión.
Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
Resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se
publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta Resolución los interesados
podrán interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2022-20310
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Cuarta.