I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Información tributaria. Impuestos. (BOE-A-2022-20274)
Orden HFP/1192/2022, de 1 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios; la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, de Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras; la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles; la Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, "Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo"; la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de Declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y por la que se modifican otras normas tributarias; y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 165703

declarado, de los diseños de registro del modelo 198, contenidos en el anexo II de la
Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, que tendrá la siguiente redacción:
«Posiciones

348-360

Naturaleza

Descripción de los campos

COMPENSACIÓN MONETARIA ENTREGADA/RECIBIDA.
Cuando en el campo “CLAVE DE OPERACIÓN” (posición 134) se consigne la clave V, Y o Z, se hará constar, en su
caso, el importe de la compensación monetaria entregada o recibida en la misma. Particularmente se consignará en
este campo el importe percibido por el accionista como consecuencia de la venta de aquellos títulos que, por exceder
de la ecuación de canje, no den derecho a percibir una acción entera de los títulos recibidos (“venta de picos”).
Este campo se subdivide en:
Alfanumérico.
348 Signo de la compensación. Se cumplimentará únicamente con valor “N”, cuando se trate de compensaciones
monetarias entregadas por el declarado.
349-358 Parte entera del importe de la compensación monetaria entregada o recibida. Si no tiene contenido, se
configurará a ceros.
359-360 Parte decimal del importe de la compensación monetaria entregada o recibida. Si no tiene contenido, se
configurará a ceros.»

Dos. Se modifica el campo «PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ENTIDAD
DECLARANTE», que actualmente ocupa las posiciones 271-275 del registro de tipo 2,
registro de declarado, de los diseños de registro del modelo 198, contenidos en el
anexo II de la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, reubicándolo en las
posiciones 421-427 con la siguiente redacción (paralelamente se actualizan las
posiciones del campo BLANCOS):
«Posiciones Naturaleza

Descripción de los campos

271-275



BLANCOS.

421-427

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ENTIDAD DECLARANTE.
Cuando en el campo “CLAVE DE OPERACIÓN” (posición 134 del registro de tipo 2) se cumplimente la clave “H” o “I”, se
consignará el porcentaje de participación del declarado en la entidad que reduce capital o procede a la devolución de la
Numérico prima de emisión.
Se subdivide en dos campos:
421-423 Figurará la parte entera del porcentaje (si no tiene, configurar a ceros).
424-427 Figurará la parte decimal del porcentaje (si no tiene, configurar a ceros).

428-500



BLANCOS.»

Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden EHA/3300/2008, de 7 de
noviembre:
Uno. Se modifica el campo «CLAVE DE ALTA», que ocupa la posición 124 del
registro de tipo 2, registro de declarado, de los diseños de registro del modelo 196,

cve: BOE-A-2022-20274
Verificable en https://www.boe.es

Artículo segundo. Modificación de la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por
la que se aprueba el modelo 196, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes
(establecimientos permanentes). Retenciones e ingresos a cuenta sobre
rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación
derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las
basadas en operaciones sobre activos financieros, declaración informativa anual de
personas autorizadas y de saldos en cuentas de toda clase de instituciones
financieras.