I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Información tributaria. Impuestos. (BOE-A-2022-20274)
Orden HFP/1192/2022, de 1 de diciembre, por la que se modifican la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios; la Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, de Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras; la Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles; la Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, "Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo"; la Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de Declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y por la que se modifican otras normas tributarias; y la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290
Sábado 3 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 165712
de octubre, y se actualizan en consecuencia las posiciones correspondientes a
«BLANCOS»:
«Posiciones Naturaleza
Descripción de los campos
200-202
NÚMERO DE DÍAS DE ARRENDAMIENTO O CESIÓN DE USO Y DISFRUTE DEL INMUEBLE.
Cuando en el campo “CLAVE” que ocupa la posición 93, del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y
Numérico.
partícipe, se consigne la letra “C”, se consignará el número de días del ejercicio en los que el inmueble del que proceden
los rendimientos de capital inmobiliario, ha estado arrendado o cedido su uso y disfrute.
203-500
–
BLANCOS.»
Artículo sexto. Modificación de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que
se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras
en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas
tributarias.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/1695/2016, de 25 de
octubre:
Uno. Se modifica el Anexo I-Relación de países o jurisdicciones de los residentes
fiscales sobre los que deben presentar las instituciones financieras la declaración
informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua,
modelo 289, que tendrá el siguiente contenido:
Letras b) y c) del artículo 4 del Real
Decreto 1021/2015,
de 13 de noviembre (*)
UE
Países y jurisdicciones
con acuerdo UE
Países y jurisdicciones respecto
de los que surta efectos el AMAC
y países con acuerdo bilateral
2023 y siguientes
2023 y siguientes
2023 y siguientes
Alemania.
Liechtenstein.
Albania.
Austria.
San Marino.
Antigua y Barbuda.
Bélgica.
Andorra.
Arabia Saudí.
Bulgaria.
Mónaco.
Argentina.
Chipre.
Suiza.
Aruba (Países Bajos).
Croacia.
Australia.
Dinamarca (**).
Azerbaiyán.
Eslovenia.
Barbados.
Estonia.
Belice.
Finlandia.
Bonaire (Países Bajos).
Francia (**).
Brasil.
Grecia.
Brunei Darussalam.
Hungría.
Canadá.
Irlanda.
Chile.
Italia.
China.
Letonia.
Colombia.
Lituania.
Corea.
cve: BOE-A-2022-20274
Verificable en https://www.boe.es
«Letra a) del artículo 4 del Real Decreto 1021/2015,
de 13 de noviembre (*)
Núm. 290
Sábado 3 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 165712
de octubre, y se actualizan en consecuencia las posiciones correspondientes a
«BLANCOS»:
«Posiciones Naturaleza
Descripción de los campos
200-202
NÚMERO DE DÍAS DE ARRENDAMIENTO O CESIÓN DE USO Y DISFRUTE DEL INMUEBLE.
Cuando en el campo “CLAVE” que ocupa la posición 93, del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y
Numérico.
partícipe, se consigne la letra “C”, se consignará el número de días del ejercicio en los que el inmueble del que proceden
los rendimientos de capital inmobiliario, ha estado arrendado o cedido su uso y disfrute.
203-500
–
BLANCOS.»
Artículo sexto. Modificación de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que
se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras
en el ámbito de la asistencia mutua, y por la que se modifican otras normas
tributarias.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/1695/2016, de 25 de
octubre:
Uno. Se modifica el Anexo I-Relación de países o jurisdicciones de los residentes
fiscales sobre los que deben presentar las instituciones financieras la declaración
informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua,
modelo 289, que tendrá el siguiente contenido:
Letras b) y c) del artículo 4 del Real
Decreto 1021/2015,
de 13 de noviembre (*)
UE
Países y jurisdicciones
con acuerdo UE
Países y jurisdicciones respecto
de los que surta efectos el AMAC
y países con acuerdo bilateral
2023 y siguientes
2023 y siguientes
2023 y siguientes
Alemania.
Liechtenstein.
Albania.
Austria.
San Marino.
Antigua y Barbuda.
Bélgica.
Andorra.
Arabia Saudí.
Bulgaria.
Mónaco.
Argentina.
Chipre.
Suiza.
Aruba (Países Bajos).
Croacia.
Australia.
Dinamarca (**).
Azerbaiyán.
Eslovenia.
Barbados.
Estonia.
Belice.
Finlandia.
Bonaire (Países Bajos).
Francia (**).
Brasil.
Grecia.
Brunei Darussalam.
Hungría.
Canadá.
Irlanda.
Chile.
Italia.
China.
Letonia.
Colombia.
Lituania.
Corea.
cve: BOE-A-2022-20274
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«Letra a) del artículo 4 del Real Decreto 1021/2015,
de 13 de noviembre (*)