I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2022-20277)
Ley 8/2022, de 17 de noviembre, de modificación de la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Sábado 3 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 165734

Artículo 2. Instrumentación de la modificación de los estados de gastos e ingresos de
la Ley 1/2022.
1. La Intervención General instrumentará la modificación a que se refiere el
artículo 1, efectuando para ello los ajustes de los estados de gastos e ingresos de los
presupuestos que resulten necesarios.
2. Estos ajustes de los estados de gastos e ingresos en ningún caso tendrán la
consideración de modificaciones de crédito, ni de modificación de proyectos nominativos,
a efectos de lo previsto en el Título II del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la
Región de Murcia, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre; y
demás normativa de aplicación; ni afectarán a los límites establecidos en el artículo 37.3
de la citada ley.
Artículo 3. Modificación de los presupuestos de las entidades públicas empresariales,
otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, sociedades mercantiles regionales, fundaciones del sector público
autonómico y consorcios adscritos a la Administración pública regional.
Se modifican los presupuestos de las entidades públicas empresariales, otras entidades
de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades
mercantiles regionales, fundaciones del sector público autonómico y consorcios adscritos a
la Administración pública regional que figuran en la Ley 1/2022, de 24 de enero, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el
ejercicio 2022, de acuerdo con la información contenida en el anexo II de esta ley.
Artículo 4. Endeudamiento de carácter estructural.
El saldo vivo a 31 de diciembre de 2022 de pólizas de crédito dispuestas por
amortización de operaciones financieras a corto plazo que financiaban gastos
presupuestarios a 31 de diciembre de 2021, tendrá la consideración de endeudamiento de
carácter estructural recogido en el artículo 86.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial de la Región de Murcia».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la
cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, 17 de noviembre de 2022.–El Presidente, Fernando López Miras.
(Publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 268, de 19 de noviembre de 2022)

ANEXO I
Modificación de los estados de ingresos y gastos
Modificaciones en los presupuestos de la Administración Pública Regional
Modificaciones en los estados de ingresos
Partida presupuestaria

020500.91154 FONDO DE LIQUIDEZ AUTONÓMICA.
TOTAL.

Importe de la
modificación

44.897.719
44.897.719

cve: BOE-A-2022-20277
Verificable en https://www.boe.es

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