III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2022-20252)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Alcalá la Real, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
20252

Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de Alcalá la Real, en materia de seguridad.

Habiéndose suscrito el 18 de noviembre de 2022 el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Alcalá
la Real (Jaén) en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 29 de noviembre de 2022.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Alcalá la Real en materia de seguridad
Madrid, a 18 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, don Antonio Marino Aguilera Peñalver, Alcalde del Ayuntamiento de
Alcalá la Real (Jaén) (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del
Pleno de fecha 15 de junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en
virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del
presente convenio en plaza del Ayuntamiento, núm. 1, 23680 de Alcalá la Real (Jaén).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en relación
con la administración general de la seguridad ciudadana; la promoción de las

cve: BOE-A-2022-20252
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Primero.