II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-20230)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Auxiliares Administrativos, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022
10.

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Presentación de documentos y Nombramiento de Funcionarios de Carrera

10.1 Los aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas, para su
nombramiento como funcionarios de carrera, presentarán en las oficinas de asistencia en
materia de registro de la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la
LPACAP, dentro de los diez días hábiles desde el siguiente al que se haga pública en el
BOCyL, la resolución a que hace referencia la base 9.6 de la presente convocatoria,
copia auténtica de los siguientes documentos, salvo que estos ya se encuentren en
poder de la UVa:

Su presentación tendrá lugar mediante escrito dirigido al Sr. Rector Magnífico de la
Universidad de Valladolid (Rectorado, Palacio de Santa Cruz, Pza. del Colegio de Santa
Cruz, 8, CP 47002, Valladolid) al que habrá de adjuntarse la documentación
correspondiente referida anteriormente justificativa del cumplimiento de los requisitos
para el nombramiento como funcionario de carrera mediante copia auténtica de la
misma.
10.2 Quienes dentro del plazo fijado no presentasen la documentación, o del
examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en
la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad
en la solicitud inicial. Igualmente, si a la vista de la justificación documental referida en el

cve: BOE-A-2022-20230
Verificable en https://www.boe.es

a) Copia auténtica del DNI del aspirante o documento que acredite la nacionalidad.
Están exentos los españoles y los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación
personal en el sistema de verificación de datos de identidad. Para los nacionales de
otros Estados que, de conformidad con la base 2.1.2, puedan acceder a las plazas
convocadas, deberán aportar original y copia de la documentación que presentaron con
su instancia de participación según se señalaba en la base 3.11.
b) Para el caso de no haber autorizado en la instancia de participación la consulta
de sus datos con otras administraciones y para aquellos casos en los que se haya de
acreditar el requisito de titulación mediante un documento distinto a un título oficial, se
deberá presentar copia auténtica del documento acreditativo, título académico o
certificación del pago de los derechos de expedición del título, según el caso. Asimismo,
y en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la
documentación que acredite su homologación o reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
Derecho Comunitario.
c) Declaración jurada o promesa de no hallarse en ninguna de las circunstancias
establecidas en la base 2.5, según modelo que figura como Anexo IV a la presente
Resolución.
d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones correspondientes a la
Escala de referencia de las plazas convocadas. Este certificado habrá de ser expedido
por el Facultativo de Medicina General que oficialmente corresponda al interesado. En
caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, será expedido por
los Servicios Provinciales del Ministerio competente u organismos correspondientes de
las comunidades autónomas.
e) Los aspirantes que tengan la condición de discapacitados deberán presentar
certificación de los órganos competentes en materia de servicios sociales, que acredite
tal condición y su compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones de las
plazas a las que han sido seleccionados.
f) Justificación documental acreditativa de todos los méritos alegados para la Fase
de Concurso que hayan sido objeto de valoración y que no hayan sido acreditados
mediante copia auténtica. Los méritos alegados cuya justificación obre ya en poder de la
UVa no será necesario acreditarlos.