III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2022-20270)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Ciudad de Ceuta, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022
2.
2.1

Sec. III. Pág. 165627

Tarjeta Social Digital

Introducción.

La Tarjeta Social Digital es un sistema de información creado por la disposición
adicional centésima cuadragésima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, destinado a mejorar y coordinar
las políticas de protección social impulsadas por las diferentes administraciones públicas.
Constituye un fichero con datos de carácter personal que incluye la información
actualizada correspondiente a todas las prestaciones sociales contributivas, no
contributivas y asistenciales de contenido económico, reconocidas a los ciudadanos y
financiadas con cargo a recursos de carácter público, así como las situaciones subjetivas
de discapacidad, dependencia, familia numerosa, garantía juvenil, demandante de
empleo y nivel de rentas.
Este documento es una guía para el Intercambio de Información con el Sistema de
Información de la TSD. Para ello se estructura de la siguiente forma:
– Tarjeta Social Digital. Breve introducción del sistema.
– Mecanismos de comunicación de datos: Herramientas disponibles para que las
entidades remitan datos.
– Prestaciones. Descripción de la información de Prestaciones que debe remitirse al
sistema.
– Pagos. Descripción de la información de Pagos que debe remitirse al sistema.
– Situaciones Subjetivas. Descripción de la información de situaciones subjetivas
que deben remitirse al sistema.
2.2

Información a remitir.

Básicamente la información que deben remitir las Entidades al Sistema TSD podrá
ser de los siguientes tipos.
– Prestaciones. Una prestación se compondrá de:
• Datos personales. Identificación de la persona que percibe la prestación o de las
personas beneficiarias en el caso de la prestación de Ingreso Mínimo Vital (miembros de
la unidad de convivencia) y Rentas de Integración (miembros de la unidad familiar).
• Datos de residencia. Domicilio de la persona.
• Datos de la prestación. Datos propios de la prestación.
– Pagos. Reflejan los pagos que se realizan motivados por una prestación. Se
componen de:
• Identificación de la prestación. Datos para relacionar la prestación que motiva el
pago.
• Datos del pago. Entre otros, el periodo que comprende el pago su importe.

• Datos personales. Identificación de la persona que tiene dicha situación.
• Datos de residencia. Domicilio de la persona.
• Datos de la situación subjetiva. Datos propios de la situación subjetiva.

cve: BOE-A-2022-20270
Verificable en https://www.boe.es

– Situaciones subjetivas. Situaciones concretas que caracterizan a una persona.
Únicamente determinadas entidades remitirán esta información, que se detallará más
adelante. Las situaciones subjetivas se componen de: