III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2022-20270)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Ciudad de Ceuta, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
75 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 165632

de Alta/Baja en SII deben hacernos llegar un contacto técnico en su Entidad a este
efecto.
3.5

Operativa del sistema de intercambio de información.

Estos Servicios de Intercambio de Información siguen el formato de Petición/
Respuesta. Esto es, que las Entidades envían a la Base de Datos de TSD por la vía
autorizada una serie de ficheros con información, y el Sistema de TSD, una vez
validados, les envía un fichero de respuesta.
El fichero que envía la Entidad tendrá un primer registro de cabecera (con el código
de entidad gestora, el nombre del organismo y la fecha del envío), n registros de detalle
y un último registro de pie (con el número total de registros enviados).
Si bien se detallará más adelante el contenido de los campos de cada registro, a
título general el funcionamiento de la cabecera, detalle y pie es el siguiente:
Registro de cabecera, cuyos primeros campos serán los siguientes:
– Primer carácter: con el valor ‘C’.
– Siguientes nueve caracteres: con el código DIR3 de la entidad gestora que realiza
el envío.
– Siguientes cuarenta caracteres: con el nombre del organismo que realiza en envío.
– Siguientes ocho caracteres: con la fecha del envío (formato aaaammdd).
Registros de detalle, cuyo formato dependerá del tipo de dato (Prestaciones, Pagos o
Situaciones Subjetivas).
Registro de pie, cuyos primeros campos serán los siguientes:
– Primer carácter: con el valor ‘P’.
– Siguientes nueve caracteres: con el número total de registros que se han enviado.
Se validará que el número total de registros coincida con el número total de registros
recibidos (el de cabecera, más los de detalle más el de pie).
Los ficheros de respuesta que se devuelvan serán iguales a los recibidos (mismo
formato) añadiendo los errores encontrados tras la validación. Se informarán hasta cinco
códigos de error por cada registro.
Los códigos de respuesta que empiecen por el carácter 9 (9nnnnn) no se consideran
códigos de error, son avisos para aclarar alguna circunstancia de la actualización
(aunque la información se haya grabado correctamente).
Los registros sin ningún código de rechazo o sólo con códigos de aviso, se habrán
grabado correctamente en los datos de TSD.
Si hay un error en el registro cabecera o pie, todos los registros de detalle se
devolverán con error y el fichero no se habrá procesado.
Algunos campos sin contenido en el fichero de envío pueden devolverse con
contenido en el fichero de respuesta (p.e. el campo OTRO IDENTIFICATIVO del registro
de Prestaciones para complementar algunos errores o avisos referidos al
IDENTIFICATIVO de entrada).
Operativa con IFI.

Para el envío de ficheros para la TSD por IFI se requiere que los ficheros tengan una
nomenclatura determinada y ser depositados en el buzón de envío correspondiente
conforme esté configurado el cliente IFI en su Entidad. Una vez procesados y validados,
se devolverá una respuesta que IFI depositará en el buzón de recepción.
El nombre del fichero a remitir deberá llamarse:
Entorno

PRODUCCIÓN.

Nombre de fichero

IFI.TRSC.D.N

cve: BOE-A-2022-20270
Verificable en https://www.boe.es

3.5.1