III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. (BOE-A-2022-20259)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para el premontaje, montaje, comisionado y puesta en marcha de los brazos de descarga de 16 pulgadas en la planta de regasificación de Cartagena.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022

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informe de fecha 25 de agosto de 2022 sobre el otorgamiento de la autorización
administrativa y la aprobación del proyecto solicitadas a la empresa Enagás.
Por otra parte, dado que el proyecto no se encuentra incluido en ninguno de los
supuestos recogidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, no
resulta necesario someterlo al procedimiento de evaluación ambiental.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 7.35 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con arreglo al cual
corresponde al citado Organismo la función de informar los expedientes de autorización de
instalaciones de la red básica de gas natural, la Sala de Supervisión Regulatoria de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en su sesión celebrada el día 27 de
octubre de 2022, ha emitido informe en relación con la referida solicitud de autorización.
La propuesta de resolución fue sometida al preceptivo trámite de audiencia por parte
de los interesados, realizándose la notificación el día 11 de noviembre de 2022. Así
mismo, con fecha 11 de noviembre de 2022 se ha recibido escrito de Enagás en el que
manifiesta su conformidad.
Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de gas natural; el Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de
marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de
electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan
medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e
ingresos de los sectores eléctrico y gasista; la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de
aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia; la
Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria; y la Orden del Ministerio de Industria de 18 de
noviembre de 1974, por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de
Combustibles Gaseosos, la Circular 9/2019, de 19 de diciembre, por la que se determina
la metodología de retribución de las actividades reguladas de transporte y de
regasificación de gas natural y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, por la que se
establecen los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y
mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026 y los requisitos mínimos para las
auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y
plantas de gas natural licuado y teniendo en cuenta que la empresa ha acreditado
suficientemente los requisitos exigidos por el artículo 67.2 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos, esta Dirección General de Política Energética y
Minas, resuelve:

Otorgar a la empresa Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa y
aprobación del proyecto de ejecución denominado «Premontaje, montaje, comisionado y
puesta en marcha de los Brazos de Descarga de 16 pulgadas» en la planta de
Regasificación de Cartagena (Murcia).
La presente resolución sobre autorización de modificación de las instalaciones del
referido proyecto se otorga al amparo de lo dispuesto en el Título IV del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, y con sujeción a las condiciones que figuran a
continuación.
1.ª En todo momento la empresa Enagás, deberá cumplir en relación con la
sustitución y reacondicionamiento de los brazos de descarga instalados en el pantalán
de la planta de regasificación de Cartagena, objeto de este proyecto, cuanto se
establece en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, así como en
las disposiciones y reglamentaciones que la complementen y desarrollen; en el Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de

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