III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-20261)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Eresma Solar, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Vita Energy Fotovoltaica 3 de 46,15 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica Majano 30/132/400 kV y la línea aéreo subterránea a 400 kV para evacuación de energía eléctrica, en Valverde del Majano y Segovia, (Segovia) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 165593

ANEXO
La autorización administrativa de construcción se concede, de acuerdo con lo
dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones
especiales siguientes:

cve: BOE-A-2022-20261
Verificable en https://www.boe.es

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las
disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación, con las variaciones que, en su
caso, se soliciten y autoricen.
2. De conformidad con el artículo 131.10 del Real Decreto 1955/2000, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica el plazo para la
emisión de la Autorización de Explotación (AE) será de veinticuatro meses, contados a
partir de la fecha de notificación al peticionario de la presente resolución y en todo caso,
se deberá cumplir con el calendario de plazos establecidos para la obtención de la AE en
el artículo 1 del Real Decreto-Ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban
medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
3. El titular de la citada instalación deberá dar cuenta de la terminación de las obras
al Órgano competente provincial, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la
Autorización de Explotación.
4. De acuerdo la condición número 14 relativo a Hidrología de la citada Declaración
de Impacto Ambiental concretada mediante Resolución de fecha 22 de junio de 2022 y
en base al anexo II presentado por el promotor en fecha 13 de septiembre de 2022,
denominado «Afección al área de captación de la zona sensible del embalse de San
José», antes del inicio de las obras, deberá justificarse la presentación de dicho
documento ante la Confederación Hidrográfica del Ebro para acordar las medidas
preventivas y correctoras, en caso de que sean necesarias.
Asimismo, antes de iniciarse las obras, deberá solicitarse autorización de cruce por el
río Milanillos de la línea eléctrica del Organismo de cuenca, según lo establecido en la
citada DIA en su condicionado número 13.
5. La autorización administrativa de construcción no dispensa en modo alguno de la
necesaria obtención por parte del titular de la instalación de cualesquiera autorizaciones
adicionales que las instalaciones precisen, y, entre ellas, la obtención de las
autorizaciones (o de la observancia de cualesquiera otras formalidades de control) que,
en relación con los sistemas auxiliares y como condición previa a su instalación o puesta
en marcha, puedan venir exigidas por la legislación de seguridad industrial y ser
atribuidas a la competencia de las distintas Comunidades Autónomas.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución si durante el
transcurso del tiempo se observase incumplimiento, por parte del titular de los derechos
que establece la misma, de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la
Administración, previo oportuno expediente, acordará la anulación de la correspondiente
autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
de dicha situación, según las disposiciones legales vigentes.
7. El titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución las condiciones
impuestas por los organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en su
conocimiento y aceptadas expresamente por él.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X