III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Patrimonio histórico. (BOE-A-2022-20265)
Orden CUD/1189/2022, de 23 de noviembre, por la que se otorga la garantía del Estado a 71 piezas para su exhibición en la colección permanente del Museo Sefardí de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Viernes 2 de diciembre de 2022
Cuarto.

Sec. III. Pág. 165603

Periodo de cobertura y efectos.

1. El periodo máximo de cobertura de la garantía del Estado se iniciará y surtirá
efectos desde el 1 de enero de 2023, dado que las obras que figuran en el anexo ya se
encuentran depositadas y expuestas en la colección permanente del Museo Sefardí en
Toledo, hasta la devolución de las mismas en su lugar de origen o en otro designado por
el cedente, con fecha límite de 31 de diciembre de 2023.
2. En caso de ampliación del depósito de las obras, la garantía del Estado podrá
prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad del Ministerio de
Cultura y Deporte, a través de la correspondiente Orden.
Quinto.

Entrega y devolución de las obras.

1. Previamente al inicio de la garantía del Estado, personal técnico cualificado
del Museo Sefardí elaborará un informe exhaustivo sobre el estado de conservación.
Obtenida la conformidad escrita del cedente y cesionario sobre dicho informe, se
procederá por parte de ambos a la firma del acta correspondiente.
2. El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de las obras al
cedente en su lugar de origen o en el lugar por él designado. En el acta de devolución
deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que
se encuentran las mismas.
Sexto.

Obligaciones de la institución solicitante.

Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta Orden, la institución
solicitante de la garantía deberá:
1.º Enviar a la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio
Histórico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de
Cultura y Deporte un certificado extendido por su Director/a acreditando la finalización
de la garantía otorgada, y cualquier circunstancia que afecte a la misma, en el plazo de
cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras.
2.º Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y
conservación de las obras, así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta
Orden.
Séptimo. Incorporación de la solicitud y del anexo.
Se incorpora a esta Orden, formando parte de la misma y de la solicitud de la
garantía del Estado, el anexo que se cita en el apartado primero.
Octavo.

Remisión electrónica de la garantía del Estado.

Madrid, 23 de noviembre de 2022.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden
CUD/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura y Deporte, Víctor
Francos Díaz.

cve: BOE-A-2022-20265
Verificable en https://www.boe.es

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y
Deporte dará inmediata cuenta, por vía electrónica, del otorgamiento del compromiso del
Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Hacienda y
Función Pública.