II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE DEFENSA. Nombramientos. (BOE-A-2022-20030)
Resolución 400/38451/2022, de 23 de noviembre, de la Subsecretaría, por la que se modifican la Resolución 400/38411/2022, de 20 de octubre, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería en la Red Hospitalaria de la Defensa; y la Resolución 400/38318/2022, de 27 de julio, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Técnico/a Medio Sanitario: Cuidados Auxiliares de Enfermería en la Red Hospitalaria de la Defensa, convocado por Resolución 400/38296/2021, de 21 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

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dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta documentación será registrada con tramitación electrónica, de conformidad con
la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, dirigida al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa (Subdirección
General de Personal Civil), calle Princesa, 32-36, 28071 Madrid.
Quinto.
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones públicas o
de los servicios de salud estarán exentos de acreditar las condiciones o requisitos ya
justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del
organismo del que dependan acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados,
algún aspirante no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera
que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base quinta de la convocatoria,
se declarará la pérdida de los derechos que pudieran derivarse de su participación en el
proceso selectivo.
De conformidad con el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir de los tribunales
calificadores relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para
su posible nombramiento como personal estatutario fijo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación ante esta Subsecretaría, o bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su
comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del
recurrente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2022-20030
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 23 de noviembre de 2022.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos
Tejada.