III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 164896

A. Documentación a presentar con las solicitudes de autorización previa
de las subcontrataciones
1. Borrador del contrato con la entidad subcontratada, que debe incluir como
mínimo la siguiente información:
a) Los datos de las partes contratantes.
b) Objeto y alcance del contrato: debe tener relación directa con las tareas a
desarrollar descritas en la solicitud de la ayuda y en la oferta seleccionada. Las tareas
subcontratadas deben estar suficientemente diferenciadas de las tareas realizadas por el
beneficiario y otras posibles subcontrataciones del mismo proyecto.
c) Planificación y coste de cada tarea.
d) Compromiso de las partes y consecuencia del incumplimiento.
e) Fecha de entrada en vigor o de inicio de los trabajos.
2. Si el importe del contrato de la entidad a subcontratar supera el establecido en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor,
se adjuntarán, además:
a) Descripción del proceso de selección realizado, detallando la comunicación y
publicidad, la solicitud de las ofertas y los criterios para la selección de la oferta
adjudicataria. Podrá presentar pliego de condiciones o documento similar elaborado por
el beneficiario con las especificaciones técnicas necesarias para presentar la oferta,
correos con el envío/respuesta del pliego o cualquier otro documento que el beneficiario
considere probatorio de la transparencia del citado proceso.
b) Las ofertas analizadas, que serán al menos tres, deberán describir con suficiente
detalle los trabajos o bienes ofertados, y deberán ser coherentes con las tareas a
subcontratar definidas en la solicitud de ayuda, incluyendo pruebas fehacientes de su
fecha de incorporación al proceso de selección. Deberán incluir, como mínimo, la
siguiente información:
i. Información sobre la entidad que realiza la oferta: NIF y razón social. La entidad
deberá tener capacidad para desarrollar las tareas solicitadas. Además, no podrá existir
relación entre los tres ofertantes que impida determinar precio de mercado.
ii. Fecha en la que se realiza la oferta y firma por la empresa.
iii. Presupuesto ofertado.
iv. Detalle del alcance de la oferta presentada en consonancia con el proyecto.
v. Justificación de la oferta seleccionada, bien la económicamente más ventajosa o,
en caso contrario, la motivación y los criterios seguidos en dicha elección, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En todo caso
los presupuestos de las subcontrataciones deberán ajustarse a precios de mercado.
3. En caso de que resulte de aplicación, se deberá acreditar documentalmente el
procedimiento de adjudicación empleado, según las modalidades que establece la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público o su equivalente en el
país de ejecución.
4. El beneficiario deberá declarar su vinculación con el proveedor seleccionado y/o
el resto de ofertantes en el caso de que tal vinculación existiera. Además, no podrá
existir vinculación entre los ofertantes que impida determinar precio de mercado.
5. El proveedor seleccionado debe presentar las siguientes declaraciones
responsables firmadas electrónicamente por la misma persona que firmará el contrato
entre la entidad beneficiaria y la subcontratada:
a) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para poder ser
entidad subcontratada.
b) Declaración responsable de compromiso en relación con la ejecución de
Actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 288