III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de diciembre de 2022

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c) Estructura de gastos e ingresos prevista durante cada año del plan de
actuaciones.
d) Declaración responsable del compromiso de aportación de fondos propios
reflejados en el plan por cada uno de los integrantes de la cátedra.
10. Memoria del efecto incentivador de la ayuda para beneficiarios que sean
grandes empresas, en el caso de que la beneficiaria sea una universidad privada.
11. Memoria de excelencia científica y docente de la entidad y su equipo
investigador. La memoria incluirá el Curriculum Vitae Normalizado académico y de
investigación de los académicos de la cátedra, según el modelo y editor proporcionado
por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), disponible en
https://cvn.fecyt.es/editor. Este CV incluirá:
a) Listado de méritos (máximo dos páginas) del/a investigador/a.
b) Listado de proyectos de investigación relacionados con las actuaciones propuestas.
Se especificará el porcentaje de presencia femenina en el equipo de investigación
dentro de la memoria.
12. Memoria de calidad científica de las líneas de investigación y adecuación al
área temática propuesta. En este documento se detallarán las líneas de investigación y
adecuación al área temática de la propuesta. Se justificará el potencial científico de los
planes de investigación a desarrollar en el seno de la cátedra, incluyendo la solidez de la
aproximación científica, la capacidad de generar impacto científico (publicaciones,
impacto en foros científicos, etc.), así como de desarrollar líneas de investigación
adicionales a partir de los potenciales resultados obtenidos.
13. Memoria de calidad de las acciones de formación y difusión propuestas, que
contenga la información descrita en el criterio de evaluación de dicho nombre definido en
el anexo I de la presente convocatoria. En este documento se detallarán el número y
calidad de los programas de formación a lanzar desde la cátedra en estudios de grado,
postgrado y de formación en empresas. Número de créditos y alumnos estimados para
cada una de las acciones de formación previstas.
14. Memoria de impacto e integración de los resultados en el tejido productivo,
diversidad temática en IA y/o carácter multidisciplinar. En este documento se incluirá
toda la información que permita justificar el impacto y la integración de los resultados en
el tejido productivo, diversidad temática en IA y/o carácter multidisciplinar.
15. Certificado de terceros, como ISO, UNE u otros, que puedan tenerse en cuenta
en la evaluación del plan de actuaciones, como por ejemplo "Certificado de Igualdad de
la Empresa".
B. Documentación a presentar, en su caso, con la aceptación de la propuesta
de resolución provisional
a) Cuando la comprobación realizada por el órgano instructor ante la Agencia Estatal
de Administración Tributaria (AEAT) y ante la Tesorería General de la Seguridad Social
(TGSS), resulte negativa o el solicitante no hubiera autorizado dicha consulta, será
requerido para que aporte copia electrónica en formato PDF del correspondiente certificado
acreditativo del cumplimiento de las obligaciones frente a Hacienda y a la Seguridad Social,
expedidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Tesorería General de la
Seguridad Social respectivamente, a efectos exclusivos de la obtención de ayudas por parte
de las Administraciones Públicas, y con fecha posterior a la notificación de la propuesta
definitiva. No serán válidos los certificados emitidos a otros efectos.
b) En el caso de que la entidad beneficiaria esté obligada a tributar ante la
Hacienda Foral (País Vasco y Navarra), deberá acreditar el cumplimiento de sus
obligaciones mediante la aportación de copia electrónica, en formato PDF, del
correspondiente certificado, expedido por la Hacienda Foral de que se trate y con
vigencia de, al menos, seis meses desde la notificación de la propuesta de resolución

cve: BOE-A-2022-20163
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Núm. 288