III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-20163)
Orden ETD/1180/2022, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la creación de cátedras universidad-empresa (Cátedras Enia), destinadas a la investigación y desarrollo de la inteligencia artificial, para su difusión y la formación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

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propuestas en las solicitudes de investigación en el resto de solicitudes, a efecto de
valorar la excelencia científica.
Excelencia científica y docente de la entidad proponente y de su equipo investigador
Se evaluará la experiencia del/los centros universitarios o de investigación y del
equipo que vaya a integrar la cátedra propuesta, a partir de la documentación aportada
por el beneficiario (curriculum vitae de todos los integrantes en formato normalizado,
incluyendo publicaciones, estudios, tesis, etc.). La experiencia del equipo que vaya a
formar parte de la cátedra se valorará teniendo en cuenta su capacitación técnica,
habilidades, conocimientos, experiencia y actividades de investigación, en el caso de
personal investigador. Dentro de este apartado se valorarán aspectos como:
– Número e impacto de publicaciones científicas realizadas en el área temática de la
cátedra por cada miembro del equipo de investigadores asociado a la cátedra.
– Número de patentes generadas como consecuencia de las actividades de
investigación de cada uno de los investigadores.
– Tesis doctorales dirigidas.
– Número de proyectos de investigación nacionales y europeos dirigidos y cuantía
de la financiación de dichos proyectos.
Calidad y credibilidad del plan de sostenibilidad de la cátedra
La mitad de la valoración de este criterio (50 %) se realizará a través de la evaluación
de la calidad y credibilidad del plan de sostenibilidad económica de la cátedra,
incluyendo medidas de retención del talento atraído, una vez haya finalizado el periodo
de financiación. Podrán valorarse, entre otras, las actuaciones previstas encaminadas a
la incorporación de investigadores, personal de investigación y técnico, incluida la
atracción de talento internacional. La viabilidad económica de la catedra, una vez
transcurridos los cuatro años de duración del plan de actuaciones previstos en la
presente convocatoria, se valorará a partir de la información aportada por el beneficiario.
Tendrán una valoración nula para este criterio aquellos proyectos que no aporten
suficiente información sobre la viabilidad económica de la cátedra a largo plazo o dicha
información no fuese creíble. En este apartado se valorarán aspectos como:
– Fondos propios comprometidos superiores al requisito exigido y origen de dichos
fondos, siendo más valorados los fondos provenientes de entidades privadas.
– Previsión de captación de fondos nacionales y europeos ligados a programas
de I+D+i.
– Concreción y credibilidad de líneas o planes de negocio que involucren la puesta
en mercado de soluciones basadas en resultados de investigaciones de las cátedras
(royalties, licencias, etc).
– Previsión justificada de empleo asociado a la cátedra fuera de su período de
financiación.

Calificación financiera

Puntuación obtenida sobre el máximo por este concepto

Porcentaje

AAA

100

AA

90

A

80

cve: BOE-A-2022-20163
Verificable en https://www.boe.es

La segunda mitad de la valoración del criterio (50 %) se realizará a través de la
valoración de la solvencia económica realizada en los términos definidos por el apartado
decimosexto de la convocatoria, de acuerdo a la siguiente tabla: