V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. (BOE-B-2022-37748)
Extracto de la Resolución del 14 de noviembre de 2022 de la Dirección General de Casa África por la que se convoca, mediante tramitación anticipada, el concurso de microrrelatos «Purorrelato» 2023
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Jueves 1 de diciembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 58016

- Segundo premio: 375 euros.
- Tercer premio: 225 euros.
3. Además de los premios dotados económicamente, Casa África
podrá conceder accésits o menciones especiales a los autores cuyo texto quede
clasificado entre el cuarto y el sexto lugar en el orden de prelación que recoja la
resolución de concesión de la convocatoria.
4. No podrán otorgarse premios ex aequo, debiendo resolverse las situaciones
de empate conforme a los criterios recogidos en la Orden AUC/1310/2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto desde el 9 de
enero de 2023 hasta el 21 de abril de 2023 a las 14:00 horas (GMT+0).
La presentación de las solicitudes de participación implica la aceptación del
contenido de las bases reguladoras y de la presente convocatoria.
Sexto. Forma de presentación de solicitudes
Las solicitudes de participación se ajustarán al modelo que se adjunta como
Anexo de esta convocatoria y que también podrá descargarse en el portal web del
Consorcio Casa África (http://www.casafrica.es/es).
Junto a la solicitud y a los microrrelatos habrá de aportarse copia
del documento nacional de identidad, de la tarjeta de residencia o del pasaporte de
la persona solicitante.
La presentación de las solicitudes de participación y de la documentación
complementaria se deberá realizar de forma electrónica a través de la plataforma
habilitada al efecto, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
No obstante, y salvo oposición expresa de la persona solicitante, no será
necesario aportar aquellos documentos que ya estuvieran en poder de Casa África
o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. En este supuesto, la
persona deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó
los citados documentos.
Excepcionalmente, si Casa África no pudiera recabar los citados documentos,
podrá solicitar nuevamente a la persona participante su aportación.
Las Palmas de Gran Canaria, 14 de noviembre de 2022.- El director general de
Casa África, José Segura Clavell.
cve: BOE-B-2022-37748
Verificable en https://www.boe.es

ID: A220048866-1

https://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X