II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía. (BOE-A-2022-19937)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de
condiciones que el resto de participantes.
6.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.6 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá
publicar, con anterioridad a la realización de los ejercicios correspondientes, los criterios
de superación de los mismos que en su caso se hubieran acordado y que no estuvieran
expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Concluida la fase de oposición se procederá a la publicación de los textos del
segundo ejercicio y los supuestos prácticos de que conste el tercer ejercicio. El
cuestionario del que consta el primer ejercicio junto con la plantilla de respuestas se
publicará tras la celebración de dicho ejercicio con los plazos y efectos que se indican en
la descripción del proceso selectivo del anexo I.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas
para todos o algunos de los ejercicios. Previamente a la celebración del ejercicio se
anunciará su participación y se publicará su nombre y apellidos.
6.7 El tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, Paseo de la Castellana, 67, 28071 Madrid. Aquellas comunicaciones
relacionadas con el desarrollo de las fases de oposición y concurso se remitirán al correo
electrónico: itp.seleccion@mitma.es.
6.8 El tribunal publicará un breve currículum profesional de sus integrantes en la
página web de este departamento.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellos
cuyo apellido comience por la letra U de conformidad con lo previsto en la Resolución
de 9 de mayo de 2022 (BOE del 13), de la Secretaría de Estado de Función Pública.
7.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del
procedimiento, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no
cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante, o en su caso, pondrán en conocimiento de la misma
el que pudiera concurrir esta circunstancia para que, previas las comprobaciones
necesarias, se resuelva al respecto.
7.3 En cualquier momento del proceso selectivo el órgano convocante podrá
requerir a los aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos y, en su
caso, acordar su exclusión de no acreditarlos.
8.

Relaciones con el ciudadano

8.1 A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto
de acceso general (https://administracion.gob.es/), y en la sede electrónica del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (www.mitma.gob.es/) toda la información
relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
8.2 De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los participantes en el
proceso selectivo deberán realizar los procedimientos de impugnación de las
actuaciones del tribunal a través de medios electrónicos.

cve: BOE-A-2022-19937
Verificable en https://www.boe.es

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