II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía. (BOE-A-2022-19937)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 163554

publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de
oposición y tendrá una duración máxima de dos meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud
de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a este órgano el
Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real
Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre
delegación de competencias.
La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa
y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre
materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de
género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo
sostenible y las materias específicas del temario. Se podrán utilizar medios telemáticos
para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos en la parte teórica para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada, para el sistema de
promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso,
de oposición y en el curso selectivo, y para el sistema general de acceso libre, por la
suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo. En
caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Fase de oposición.
Tercer ejercicio.
Primer ejercicio.
Segundo ejercicio.
3.

Periodo de prácticas

Una vez superado el curso selectivo los aspirantes continuarán en la situación de
funcionarios en prácticas hasta la fecha de publicación en el BOE de los nombramientos
como funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.
Los funcionarios en prácticas dependerán de la Subdirección General de Recursos
Humanos y realizarán un periodo de prácticas que no tendrá incidencia para la
determinación de la calificación del proceso selectivo.
Durante este periodo de prácticas, que tendrá una duración máxima de tres meses,
se propondrá el ejercicio de tareas genéricas y variadas que tengan como finalidad
primordial la adquisición de conocimientos prácticos para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía bajo la supervisión de un tutor
designado a tal efecto. En ningún caso, se podrá encomendar la realización de funciones
propias de un puesto de trabajo.
La asistencia a las prácticas programadas será obligatoria. El incumplimiento de este
requisito dará lugar a la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo, el periodo de prácticas o ninguno de
los dos por embarazo de riesgo, parto o alguna causa de fuerza mayor debidamente
justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

cve: BOE-A-2022-19937
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