I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Agricultura. Registro. (BOE-A-2022-19911)
Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Miércoles 30 de noviembre de 2022
2)

Consumo de agua en la explotación. Consumo anual estimado.

a)

tipo de suministro:

Sec. I. Pág. 163325

i) Pozo;
ii) Cauce;
iii) Red pública.
b) Consumo anual previsto para cada uno de los tipos de suministro (m3/año),
c) Indicar si en la explotación se realiza registro de los consumos de agua.
d) Indicar si la explotación dispone de un sistema de detección de fugas de agua.
e) Indicar si en la explotación se comprueba y ajusta periódicamente (al menos una
vez al año) la calibración de los equipos de suministro de agua.
f) Indicar si en la explotación existe un sistema de reutilización de las aguas de
lluvia no contaminadas como aguas de lavado.
3)

Gestión de aguas residuales.

a)

Si dispone de un sistema de gestión de aguas residuales.

La gestión de aguas residuales para la reducción del vertido de éstas implica la
combinación de las siguientes técnicas:
i. Se drenan las aguas residuales hacia un contenedor especial o al depósito de
purines.
ii. Se tratan las aguas residuales, mediante decantación y/o tratamiento biológico.
iii. Se aplican las aguas residuales, con bajo nivel de contaminación, a un terreno
adyacente (mediante aspersión, irrigación móvil, cisterna o inyector).
Si en la explotación se reduce la generación de aguas residuales.
Sección 2.
A.

Especie aviar

Relativos al conjunto de la explotación

a) Código de identificación REGA de la explotación.
b) Año de inicio de actividad.
c) Provincia.
d) Año de la última reforma en la explotación que implique alteración del impacto
medioambiental.
e) Número de plazas ocupadas en la explotación: número medio de plazas que han
estado ocupadas durante el año natural al que corresponde la declaración de MTDs,
para cada una de las categorías de animales manejados en sus instalaciones.
f) Si dispone de un Sistema de Gestión Ambiental, incluyendo un Plan de gestión
de Ruido y un Plan de Gestión de Olores, y si supervisa periódicamente las emisiones de
olores al aire y utiliza alguna técnica para evitar o reducir las emisiones de ruido (*).
g) Si dispone de un Plan de producción y gestión de estiércol dentro del SIGE.
h) Si dispone de un Plan de Emergencia medioambiental para hacer frente a
emisiones e incidentes imprevistos (*).
i) Si dispone de un Plan de mantenimiento y gestión de cadáveres. Indicar si se
almacenan los animales muertos de forma que se eviten o reduzcan las emisiones (*).
j) Información sobre el cumplimiento de:
i. Las distancias reglamentarias (*).
ii. Formación de personal (*).
iii. Mantenimiento periódico (al menos una vez al año) de equipos y estructuras (*).
iv. Si al menos una vez al año se comprueba la integridad estructural de los
sistemas de almacenamiento de estiércol (*).

cve: BOE-A-2022-19911
Verificable en https://www.boe.es

b)