V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2022-37580)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Jaén, por la que se concede Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Proyecto "Planta Solar Fv Ence Andújar I de 40 Mwp., S. E. Colectora Ence Andújar 220 kV. y Línea Eléctrica Aérea 220 kV.", en el término municipal de Andújar (Jaén).
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Martes 29 de noviembre de 2022

392
9010
261
263
264
243
239

Sec. V-B. Pág. 57659

23005A012003920000HL
23005A012090100000HD
23005A012002610000HQ
23005A012002630000HL
23005A012002640000HT
23005A012002430000HI
23005A012002390000HX

SEGUNDO. La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación
eléctrica indicada, a los efectos de expropiación forzosa del pleno dominio ó para
la imposición de servidumbre de paso, lleva implícita la necesidad de ocupación de
los bienes ó de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente
ocupación de los mismos, adquiriendo la empresa solicitante la condición de
beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en la Ley
de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
TERCERO. Estas autorizaciones se conceden de acuerdo con lo dispuesto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con lo
establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la
autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y
funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los
instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos
orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9
de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), debiendo cumplir las
condiciones que en el mismo se establecen.

QUINTO. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por
Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general,
los cuales han sido trasladados al titular y aceptados por el mismo. En particular, el
titular de la instalación deberá cumplir el condicionado impuesto en el Informe de
carácter Vinculante de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Jaén
de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul relativo a la
solicitud de Autorización Ambiental Unificada presentada por ENCE ENERGÍA
S.L.U. con C.I.F. B85739209, para la actuación "Plantas solares fotovoltaicas
ANDÚJAR I, ANDÚJAR II y ANDÚJAR III, S.E. Colectora ENCE ANDÚJAR 220 kV.
y línea eléctrica aérea 220 kV., simple circuito, desde S.E. Colectora ENCE
ANDÚJAR 220 kV a subestación de ANDÚJAR 220 kV de R.E.E.", en el término
municipal de Andújar (Jaén) (Expediente AAU/JA/052/2020), de fecha 2 de
septiembre de 2022.
SEXTO. La administración dejará sin efecto la presente autorización en
cualquier momento en que se constate el incumplimiento de las condiciones
impuestas en la misma. En tal supuesto la administración, previo el oportuno
expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las

cve: BOE-B-2022-37580
Verificable en https://www.boe.es

CUARTO. En base al artículo 131.10 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, la previsión del plazo de ejecución de la Instalación será de 24 meses,
la persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras
a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente Autorización de Explotación.