I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Dopaje. (BOE-A-2022-19829)
Resolución de 22 de noviembre de 2022, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Martes 29 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 162845

– timosina-β4 XE «timosina-β4» y sus derivados, por ejemplo, TB-500 XE «TB-500»;
así como cualquier otro factor de crecimiento o moduladores del factor de
crecimiento que afecten a la síntesis o a la degradación proteica del músculo, tendón o
ligamento, a la vascularización, a la utilización de energía, a la capacidad de
regeneración o a la modificación del tipo de fibra.
S3.

Beta-2 agonistas

Sustancias prohibidas en todo momento (en competición y fuera de competición).
Todas las sustancias prohibidas en esta clase son sustancias específicas.
Se prohíben todos los beta-2 agonistas selectivos y no selectivos, incluidos, todos
sus isómeros ópticos.
Incluidos, entre otros:
















arformoterol XE «arformoterol»;
fenoterol XE «fenoterol»;
formoterol XE «formoterol»;
higenamina XE «higenamina»;
indacaterol XE «indacaterol»;
levosalbutamol XE «levosalbutamol»;
olodaterol XE «olodaterol»;
procaterol XE «procaterol»;
reproterol XE «reproterol»;
salbutamol XE «salbutamol»;
salmeterol XE «salmeterol»;
terbutalina XE «terbutalina»;
tretoquinol XE «tretoquinol» (trimetoquinol XE «trimetoquinol» );
tulobuterol XE «tulobuterol»;
vilanterol XE «vilanterol».

Excepciones.
– Salbutamol inhalado: cantidad máxima 1600 microgramos en 24 horas, en dosis
divididas, sin superar los 600 microgramos cada 8 horas, comenzando con cualquier
dosis.
– Formoterol inhalado: dosis máxima administrada de 54 microgramos en 24 horas.
– Salmeterol inhalado: cantidad máxima de 200 microgramos en 24 horas.
– Vilanterol inhalado: cantidad máxima 25 microgramos en 24 horas.

S4. Moduladores de hormonas y del meta-bolismo
Sustancias prohibidas en todo momento (en competición y fuera de competición).
Todas las sustancias prohibidas en las clases S4.1 y S4.2 son sustancias
específicas. Las sustancias mencionadas en las clases S4.3 y S4.4 son sustancias no
específicas.
Se prohíben los moduladores de hormonas y del metabolismo siguientes:
4.1

Inhibidores de la aromatasa.

cve: BOE-A-2022-19829
Verificable en https://www.boe.es

Nota: La presencia en la orina de una concentración de salbutamol superior a 1000
nanogramos por mililitro o de formoterol superior a 40 nanogramos por mililitro no
corresponde a un uso terapéutico de la sustancia y se considerará un resultado analítico
adverso, a menos que el deportista demuestre mediante un estudio farmacocinético
controlado que este resultado anómalo fue consecuencia del uso de una dosis
terapéutica (por inhalación) no superior a la dosis máxima arriba indicada.