V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2022-37581)
Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado ADECUACIÓN DE TRAMO ENTRE CD 52830 "BELLIDO" Y CD 52832 "CACAREO", SITO EN PARAJE" BARRANCO DE VÉLEZ" T.M VÉLEZ DE BENAUDALLA (GRANADA) (Expte. E- 6163; 13452/AT).
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 29 de noviembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 57663

o Horizontal: Aisladores poliméricos de L › 1m,
o Vertical: Aisladores poliméricos de L › 0,75m,
o Dispositivos de maniobra: Forrado de puentes flojos.
• Adopción de medidas anticolisión consistentes en cintas de neopreno.
e) Finalidad: La finalidad de la obra es adecuar las diferentes líneas de MT
existentes en la zona para una mejora de la seguridad y calidad del suministro
eléctrico. Para ello se proyecta el cierre por medio de conductor 94AL1/22ST1A
(antes LA-110) en el tramo principal. El tramo a adecuar entre los apoyos A632291
y A620132 será modificado a doble circuito. El tramo correspondiente a la
derivación desde al apoyo A62014 hasta el CD 52.832 "CACAREO" se realizará
con conductor 47AL1/8ST1A (antes LA-56).
f) Referencia expediente: E-6163; 13452 /AT
La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en
el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la
necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de
Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de
beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 2.2. de dicha Ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada
Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna
autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se
determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de
las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre
pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren
incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos
meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los
titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que
pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen
oportunas en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
A estos efectos, en el Anexo adjunto, se incluye la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de
expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de
Expropiación Forzosa y en el 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación
Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen
oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada.
En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación
tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá
aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación

cve: BOE-B-2022-37581
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 286