III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-19799)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad, la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., la Fundación ONCE y el CERMI, para la realización del Libro Blanco sobre empleo y discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 28 de noviembre de 2022

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Compromisos del CERMI.
Por su parte, el CERMI contribuirá al desarrollo del Proyecto aportando:
– La participación y asesoramiento en la configuración y desarrollo del Proyecto.
– La comunicación y difusión del Proyecto en los soportes, redes sociales y medios
de comunicación en los que el CERMI tenga presencia.
– La interlocución con las organizaciones de la sociedad civil de la discapacidad,
coordinando su participación en el Proyecto.
Tercera. Ausencia de fondos públicos.
La firma de este Convenio no comporta por sí misma ningún tipo de aportación ni
contraprestación económica por parte de ninguno de los organismos públicos, Real
Patronato sobre Discapacidad, SEPE y SEEES. Todas las actividades y funciones con la
que participan estos organismos en el convenio son atribuidas a gastos ordinarios, por lo
que no produce ningún incremento del gasto público.
La aportación económica de la Fundación ONCE comprometida en la cláusula
segunda del presente convenio se destinará a la contratación por su parte de los
suministros o servicios que resulten necesarios para el desarrollo del Proyecto, para lo
cual podrá contratar tanto con empresas externas como con las empresas
pertenecientes a ILUNION que considere convenientes, asumiendo los costes que
suponga dicha contratación.
Dado que los fondos aplicados a dichas contrataciones celebradas por la Fundación
ONCE van a provenir de forma directa de la aportación efectuada por la misma con
cargo al presente convenio, en ningún caso podrán considerarse como aportación
propia, ni en todo ni en parte, del Real Patronato sobre Discapacidad, SEPE y ni SEEES.
En consecuencia, atendiendo a la naturaleza privada de la Fundación ONCE, dichas
contrataciones se regirán por los principios del Derecho privado, sin que le resulten de
aplicación a las mismas los principios de contratación pública recogidos en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Cuarta. Ausencia de relación laboral.
La relación del personal de la Fundación ONCE, y el CERMI con el Real Patronato
sobre Discapacidad, el SEPE, y el SEEES, no supondrá más compromiso que el
estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de
un contrato laboral ni su contenido podrá considerarse como una prestación laboral
propia de puestos de trabajo.
Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio, así
como la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento del mismo que
pudieran plantearse, se constituirá una Comisión de seguimiento, que estará formada
por dos personas representantes de cada una de las partes.
Asimismo, podrán asistir a las reuniones de esta comisión los expertos que se
designen en cada caso por las partes, necesarios para el mejor desarrollo de los
correspondientes trabajos. No obstante, la presencia de dichos expertos se circunscribirá
a su calidad de asesores, no teniendo, en ningún caso, ni derecho de voto ni los
derechos ejecutivos que les corresponden a los miembros de dicha comisión.
Las reuniones se realizarán presencial o telemáticamente en el lugar o a través de la
correspondiente vía telemática acordados por los propios miembros de la Comisión de
seguimiento. En todo caso, los miembros de la Comisión podrán solicitar cuantas
reuniones extraordinarias consideren pertinentes para el mejor funcionamiento del
proyecto.

cve: BOE-A-2022-19799
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.