III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-19806)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación de Guillena 400 kV, con dos nuevas posiciones, en el término municipal de Guillena (Sevilla).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Lunes 28 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 162700

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la ampliación de la subestación de Guillena 400 kV, con
dos nuevas posiciones, en el término municipal de Guillena (Sevilla).

Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó mediante escrito
de fecha 27 de enero de 2022 y subsanado a 3 de noviembre de 2022, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la ampliación de la
subestación de Guillena 400 kV, con dos nuevas posiciones, en el término municipal de
Guillena, provincia de Sevilla.
La ampliación de la subestación consiste en el equipamiento de dos nuevas
posiciones de interruptor, una para la conexión de instalaciones de generación mediante
fuentes de energías renovables y otra de interruptor central.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Sevilla y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones
de energía eléctrica, y con las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la
Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que
la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio del
Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, de 1 de febrero
de 2022, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 30, de 4 de febrero
de 2022 y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla» número 34, de 11 de febrero
de 2022, no habiéndose recibido alegaciones.
No se ha recibido contestación del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial
en Sevilla de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la
Junta de Andalucía. En consecuencia, se entiende su conformidad, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 127.2 y 131.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Guillena, en la que se indica una
serie de reparos de ámbito urbanístico. Trasladados los mismos a Red Eléctrica, esta
manifestó ampararse en el procedimiento de armonización con la ordenación urbanística
recogido en la Ley 13/2003, de 23 de mayo y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, así
como en el no sometimiento a licencia o cualquier otro acto de control preventivo
municipal establecido en la citada Ley 13/2003 de 23 de mayo. Se dio traslado de este
escrito al Ayuntamiento de Guillena, no habiéndose recibido contestación alguna en el
plazo reglamentario, por lo que se entiende conformidad virtud de lo dispuesto en los
artículos 127.4 y 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Red Eléctrica suscribió declaración responsable de fecha 26 de enero de 2022, que
acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece en
el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

cve: BOE-A-2022-19806
Verificable en https://www.boe.es

19806