II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Destinos. (BOE-A-2022-19630)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 7 de octubre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Sábado 26 de noviembre de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
19630

Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 7
de octubre de 2022.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Este Ministerio acuerda hacer pública la resolución total de la convocatoria de libre
designación anunciada por Resolución de 7 de octubre de 2022, BOE del día 15 de
octubre de 2022, según anexo adjunto a la presente Resolución.
El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres
días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse
a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso
de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2022-19630
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Madrid, 18 de noviembre de 2022.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.