II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19520)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupo IVA.
17 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 24 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 160403

documento acreditativo de identidad y copia de la correspondiente documentación
acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, sin
perjuicio de que al final del proceso selectivo pudiera serle requerido para su definitiva
verificación esta documentación original o autenticada.
c) Formulario para la alegación de méritos y autobaremación (obviamente
orientativa) al que se tendrá acceso una vez iniciado el trámite de presentación de
solicitudes a través de la sede electrónica de la UVa, según lo indicado en la base 3.3.
En este formulario, los méritos serán tan solo alegados por los aspirantes sin necesidad
de justificación documental, generándose de forma automática las puntuaciones
correspondientes en base a los criterios de baremación establecidos en el Anexo I de la
presente Resolución.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres
meses, el señor Rector Magnífico de la Universidad dictará Resolución en virtud de la
cual se declararán aprobadas las Listas Provisionales de aspirantes Admitidos y
Excluidos al proceso selectivo por cada categoría y especialidad de las plazas
convocadas. Junto con esta Resolución, que será publicada en el BOCyL, figurarán los
aspirantes excluidos con indicación expresa de la causa de exclusión. Las listas
certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos por cada categoría y
especialidad de las plazas convocadas serán publicadas en el Tablón Electrónico de
Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid. En todo caso, al objeto
de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo
y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran
recogidos en la correspondiente relación de excluidos sino, además, que sus nombres
figuran en la pertinente relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de ocho días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la
base 4.1 en el BOCyL, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o
su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a
ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso
selectivo.
La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará del modo previsto
en la base 3.3, teniéndose en cuenta que habrá de cumplimentarse el modelo de
«Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es,
sección «Registro electrónico»).
Finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes de subsanación, el señor
Rector Magnífico dictará resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y
excluidos.
Contra dicha resolución que pondrá fin a la vía administrativa se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente a la publicación en el BOCyL de la citada Resolución, ante el Juzgado
competente de lo Contencioso-administrativo de Valladolid. Potestativamente, podrán
interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un
mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso, no podrá interponerse el
recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
4.3 En las listas de aspirantes admitidos y excluidos a las que se hace mención en
la presente base, figurarán los aspirantes identificados según lo previsto por la LOPDP.
En el caso de los aspirantes excluidos, además, se indicará la causa o motivo de
exclusión.
4.4 En todo caso, tanto las resoluciones que se dicten relativas a este proceso
selectivo, así como los acuerdos del Tribunal, de conformidad con el Reglamento de la

cve: BOE-A-2022-19520
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 282