II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Destinos. (BOE-A-2022-19416)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral fijo en la categoría de Médico de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina, convocado por Resolución de 15 de julio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
19416

Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso de traslados de personal laboral fijo en la categoría de
Médico de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina, convocado
por Resolución de 15 de julio de 2022.

Por Resolución de 15 de julio de 2022 (BOE del 21 de septiembre), se publicó
concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de personal laboral fijo en la
categoría de Médico de Sanidad Marítima del Instituto Social de la Marina.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas y calificadas
las mismas en función del baremo establecido,
Este Ministerio resuelve:
Primero.
Adjudicar destinos a los trabajadores que figuran en el anexo I.
Segundo.
Declarar desiertos aquellos puestos que no han sido solicitados por ningún candidato
o los mismos han obtenido otro destino solicitado con carácter preferente.
Tercero.
Adjudicar destinos de los puestos resultantes de la adjudicación de puestos
convocados en el presente concurso a los trabajadores que así lo solicitaron por el
sistema de resultas, según se refleja en el anexo II.
Cuarto.
El cese de los adjudicatarios en su destino actual deberá efectuarse en el plazo de
tres días hábiles siguientes al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la
presente orden.

El plazo de incorporación al puesto adjudicado será de tres días hábiles si no implica
cambio de residencia, o de un mes si conlleva cambio de residencia o reingreso al
servicio activo.
El plazo de incorporación se deberá contar a partir del día siguiente al del cese.
En el caso de reingreso al servicio activo el plazo de incorporación de un mes se
contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2022-19416
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.