III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19470)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 160207

– Grado de cobertura de la red de estaciones de seguimiento y evaluación del
estado sobre las masas de agua superficiales y subterráneas.
– Existencia de criterios o normas de calidad aplicables a cada tipo de zona
protegida. Verificación de su cumplimiento.
– Grado de cobertura de la red de estaciones de seguimiento del cumplimiento de
los objetivos medioambientales de las zonas protegidas, para cada uno de sus tipos.
– Grado de adecuación de los criterios utilizados para revisar cada periodo la
designación de cada masa de agua muy modificada y las condiciones de referencia de
su máximo potencial ecológico a las Guías n.º 4, 13 y 37 de su Estrategia Común de
Implementación (revisión de criterios y determinación de condiciones de referencia
individualizadas).
En lo relativo a las determinaciones del plan susceptibles de provocar impactos
estratégicos significativos, el seguimiento comprenderá:
5.2.1

Designación de masas muy modificadas y de sus condiciones de referencia.

Grado de modificación de las masas de agua de la demarcación. Para cada tipo
original de masa de agua superficial, indicar:
– Para cada tipo original de masa, longitud (masas originalmente tipo río o costeras)
de masas que se han designado muy modificadas. % del total original del tipo que ello
representa. % de los tipos de uso/ modificaciones hidromorfológicas que en cada tipo
justifican la designación.
– Longitud (masas tipo río o costeras) de masas de agua muy modificadas que
además no alcanzan el buen potencial ecológico. % del total original del tipo que ello
representa. % de tipos de presiones significativas responsables.
Para cada tipo de masa muy modificada, elementos de calidad utilizados para
determinar su potencial ecológico, y grado de sensibilidad a las presiones
hidromorfológicas provocadas por los usos que más frecuentemente motivan su
designación.
Para cada masa de agua muy modificada que no alcanza el buen potencial
ecológico:
Presiones significativas a que está expuesta.
Disposición de actuaciones individualizadas en el programa de medidas.
Ejecución de dichas medidas.
Evolución de los parámetros que determinan su potencial ecológico.

5.2.2

Asignación y reserva de recursos.

A escalas de demarcación y de cada sistema de explotación, evolución del índice de
presión por extracciones netas WEI+ y de sus dos componentes: consumo anual de
recurso (extracciones – retornos) y volumen anual de recurso renovable. La evolución de
este último a su vez indica el efecto del cambio climático sobre el recurso.
A escala de cada masa de agua, evolución de los índices de presión por
extracciones WEI+ en aguas superficiales e índice de explotación IE en aguas
subterráneas, en relación con la evolución de su estado/potencial ecológico y estado
cuantitativo, respectivamente.
5.2.3

Aplicación del principio de recuperación de costes y excepciones.

Recuperación de los costes medioambientales (coste de las actuaciones del
programa de medidas para el logro de los objetivos medioambientales contrarrestando
las presiones significativas provocadas por cada sector): para cada sector (driver),
administración competente y territorio: seguimiento de la existencia o no de normativa
que posibilite la recuperación de los costes medioambientales, seguimiento del volumen

cve: BOE-A-2022-19470
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