III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2022-19480)
Orden ETD/1137/2022, de 11 de noviembre, de autorización administrativa de cesión de cartera de contratos de seguro por parte de Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, a Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
19480

Orden ETD/1137/2022, de 11 de noviembre, de autorización administrativa de
cesión de cartera de contratos de seguro por parte de Liberty Seguros,
Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, a Preventiva, Compañía de
Seguros y Reaseguros, SA.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 89.1 de la Ley 20/2015, de 14 de julio,
de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, inscrita en el
Registro administrativo de entidades aseguradoras con clave C0467, y la entidad
Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, inscrita en el citado Registro
administrativo con la clave C0155, han presentado, con fecha 27 de mayo de 2022,
solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de cesión total de
cartera en virtud de la cual Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros,
SA, cederá a la entidad Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, la
totalidad de las pólizas suscritas por la entidad cedente, comprendidas en el ramo de
decesos.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 89 de la Ley 20/2015,
de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, y en los artículos 99 y 100 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de
noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de cesión total de cartera.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, he resuelto:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la cesión total de cartera en
virtud de la cual Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, cederá a la
entidad Preventiva, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, la totalidad de las pólizas
del ramo de decesos suscritas por la primera.
Segundo.

Tercero.
La presente Orden Ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con
carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-

cve: BOE-A-2022-19480
Verificable en https://www.boe.es

Revocar la autorización concedida a la entidad Liberty Seguros, Compañía de
Seguros y Reaseguros, SA, para operar en el ramo de decesos, ramo número 19 del
Anexo a la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras.