V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. (BOE-B-2022-36741)
Extracto de Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre, de la Secretaria de Estado de Derechos Sociales, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el apoyo a la modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Miércoles 23 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 56494
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
36741
Extracto de Orde n DSA/1110/2022, de 17 de novie mbre , de la
Secretaria de Estado de Derechos Sociales, por la que se establecen
las base s y se convocan subve ncione s para e l apoyo a la
modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo
del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
BDNS(Identif.):659844
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
659844)
Primero. Beneficiarios.
Podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades de ámbito
estatal con personalidad jurídica propia que estén válidamente constituidas en el
momento de la presentación de la solicitud de ayuda siempre que pertenezcan a
las entidades del Tercer Sector de Acción Social, tal y como vienen definidas en
los artículos 2 y 3 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción
Social, que reúnan los siguientes requisitos establecidos en la Orden.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, podrán excluirse de forma motivada aquellas solicitudes que no
justifiquen suficientemente, en los términos establecidos en la letra c), la
conveniencia de concurrir a estas subvenciones como una agrupación de
entidades sin personalidad jurídica. Asimismo, podrán excluirse aquellas
agrupaciones en las que no se cumpla la condición establecida en la letra e) en lo
relativo a la distribución del presupuesto del proyecto a ejecutar entre las entidades
que compongan la agrupación sin personalidad jurídica.
Asimismo, las entidades asociadas a una entidad miembro de una agrupación
sin personalidad jurídica que haya accedido a la condición de beneficiaria de la
subvención no podrán acceder a la condición de beneficiarios de la misma para la
ejecución del proyecto financiado.
La presente orden ministerial tiene por objeto aprobar las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a las entidades del Tercer Sector para llevar a
cabo actuaciones de transformación digital que contribuyan a la modernización de
los servicios sociales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y aprobar la convocatoria correspondiente al año 2022.
A efectos de esta orden, se entiende por transformación digital el cambio
cultural, organizativo y operativo de una organización a través de una integración
inteligente de tecnologías, procesos y competencias digitales en todos los niveles y
funciones de forma escalonada y estratégica, cambiando fundamentalmente la
forma de operar y de ofrecer valor a las personas. Implica aprovechar las
tecnologías para crear valor y nuevos servicios para las diversas partes
cve: BOE-B-2022-36741
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Objeto.
Núm. 281
Miércoles 23 de noviembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 56494
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MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
36741
Extracto de Orde n DSA/1110/2022, de 17 de novie mbre , de la
Secretaria de Estado de Derechos Sociales, por la que se establecen
las base s y se convocan subve ncione s para e l apoyo a la
modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo
del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
BDNS(Identif.):659844
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
659844)
Primero. Beneficiarios.
Podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades de ámbito
estatal con personalidad jurídica propia que estén válidamente constituidas en el
momento de la presentación de la solicitud de ayuda siempre que pertenezcan a
las entidades del Tercer Sector de Acción Social, tal y como vienen definidas en
los artículos 2 y 3 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción
Social, que reúnan los siguientes requisitos establecidos en la Orden.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, podrán excluirse de forma motivada aquellas solicitudes que no
justifiquen suficientemente, en los términos establecidos en la letra c), la
conveniencia de concurrir a estas subvenciones como una agrupación de
entidades sin personalidad jurídica. Asimismo, podrán excluirse aquellas
agrupaciones en las que no se cumpla la condición establecida en la letra e) en lo
relativo a la distribución del presupuesto del proyecto a ejecutar entre las entidades
que compongan la agrupación sin personalidad jurídica.
Asimismo, las entidades asociadas a una entidad miembro de una agrupación
sin personalidad jurídica que haya accedido a la condición de beneficiaria de la
subvención no podrán acceder a la condición de beneficiarios de la misma para la
ejecución del proyecto financiado.
La presente orden ministerial tiene por objeto aprobar las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a las entidades del Tercer Sector para llevar a
cabo actuaciones de transformación digital que contribuyan a la modernización de
los servicios sociales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y aprobar la convocatoria correspondiente al año 2022.
A efectos de esta orden, se entiende por transformación digital el cambio
cultural, organizativo y operativo de una organización a través de una integración
inteligente de tecnologías, procesos y competencias digitales en todos los niveles y
funciones de forma escalonada y estratégica, cambiando fundamentalmente la
forma de operar y de ofrecer valor a las personas. Implica aprovechar las
tecnologías para crear valor y nuevos servicios para las diversas partes
cve: BOE-B-2022-36741
Verificable en https://www.boe.es
Segundo. Objeto.