II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Destinos. (BOE-A-2022-19304)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes, convocado por Resolución de 3 de octubre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

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Santa Coloma de Queralt: desierta en concurso precedente (por traslado de la
señora Isabel Tañá Sanz), la señora Marta Alcover Delgado.
Manresa: desierta en concurso precedente (por traslado del señor Luis Tadeo
Baciero Ruiz), la señora Elena Dacal Rodríguez.
Santa Margarida de Montbui: desierta en concurso precedente (por traslado del
señor Francisco Javier García-Más Velez), la señora Carola Irene Sevilla Pitarch.
Cadaqués: desierta en concurso precedente (por traslado de la señora Belén GarcíaSancha Sáez), el señor Jesús Gómez Robles.
Esparreguera: desierta en concurso precedente (por traslado de la señora María del
Carmen Giménez Salvatierra), el señor Gonzalo Quiralte Moreno.
Vic: por traslado del señor Jorge Mínguez Balaguer, la señora Oksana Zharbova
Kaplun.
Vic: desierta en concurso precedente (señor Beneyto Feliu), la señora Rocío Lázaro
Velo.
Constantí: desierta en concurso precedente (por traslado del señor Ignacio Moreno
Pons), la señora Dulce María Pascual Pardo.
Camprodón: desierta en concurso precedente (por traslado de la señora Mariona
Martínez Mateu), el señor Guillermo Martín Rivas Ruiz.
Olot: desierta en concurso precedente (por jubilación del señor Manuel Faus Pujol),
el señor Juan Ignacio Córcoles Cuervo.
Información sobre los recursos a interponer:
Contra este acto, que no agota la vía administrativa, la persona o las personas
interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el secretario general de
Justicia, Derechos y Memoria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al
de su notificación, o cualquier otro recurso que sea conveniente para la defensa de sus
intereses.
El recurso de alzada puede entenderse desestimado si transcurridos tres meses
desde su interposición no se ha notificado su resolución. Solo en este caso, la persona o
las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

cve: BOE-A-2022-19304
Verificable en https://www.boe.es

Barcelona, 16 de noviembre de 2022.–La Directora General de Derecho, Entidades
Jurídicas y Mediación, Immaculada Barral Viñals.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X