III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-19382)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación sin ánimo de lucro "Ictus", para la organización conjunta de un concierto extraordinario en el marco del ciclo "Fronteras" de la programación del Centro Nacional de Difusión Musical en su temporada 2022-2023.
<< 5 << Página 5
Página 6 Pág. 6
-
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022
Undécima.

Sec. III. Pág. 159663

Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según
los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo
pactado.
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.
Duodécima.

Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles
de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes
para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contenciosoadministrativo.
Decimotercera.

Información al ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en
el Portal de Transparencia.
Decimocuarta.

Protección de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los datos de carácter
personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la
actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y
gestión de los convenios de colaboración y protocolos generales de actuación de los que es
parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del convenio o protocolo y en su
ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
Transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante el INAEM en Plaza del Rey, 1, 28004 Madrid, o a través de la sede electrónica
www.culturaydeporte.gob.es.
Decimoquinta.

Competencias.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en el lugar y fecha
indicados.–En representación del INAEM, el Director General, Joan Francesc Marco
Conchillo.–En representación de ICTUS, el Director General, Gerd Frans Van Looy.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-19382
Verificable en https://www.boe.es

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.