II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19359)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupos II y III, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 159175

● Aquellos aspirantes que acrediten, una vez superada la fase de oposición, tener
méritos en la fase de concurso lo harán constar en la solicitud.





Aceptación del borrador de solicitud generado.
Pago (NO será el último paso del proceso).
Adjuntar documentación requerida según la convocatoria.
Firma de la solicitud.

4.3.2

Pago.

Los derechos de examen serán de 55 euros para la plaza de Grupo II y de 33 euros
para cada una de las plazas de Grupo III, de conformidad con lo establecido en el
Presupuesto de la Universidad de Salamanca para el ejercicio económico 2022 y se
ingresarán en la cuenta de derechos de examen plazas PAS de la Universidad de
Salamanca, número ES73 0049/1843/42/2510186480, Banco Santander, Oficina calle
Zamora número 6-12, Salamanca.
El pago se podrá realizar:
– Mediante tarjeta bancaria (pago on line). Debe seguir los pasos indicados en la
sede.
– Transferencia bancaria de forma on line. Deberá adjuntar el justificante del pago
realizado.
– Transferencia bancaria de forma presencial o ingreso en la sucursal de la entidad
financiera. Deberá imprimir la carta de pago generada e ir a una sucursal bancaria a
realizar el ingreso o la transferencia. Una vez realizado el pago, el aspirante deberá
escanear la copia sellada o justificante generado y adjuntarla a su solicitud. Para ello
deberá hacer clic en Tareas Pendientes, dentro de su ÁREA PERSONAL.
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes
extremos:

1. «Periodos de inscripción», expedido por el servicio de empleo correspondiente
de cada comunidad autónoma.
2.
«Informe negativo de rechazos», expedido por el servicio de empleo
correspondiente de cada comunidad autónoma.
3. Certificado expedido por el SEPE en el que conste si percibe o no subsidio, así
como la cantidad o Certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo a rentas/
rendimientos imputables por el IRPF.
C. Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, de acuerdo con el art. 12 de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100% a los miembros
de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación
del 50% para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de
familia numerosa.

cve: BOE-A-2022-19359
Verificable en https://www.boe.es

A. Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán
adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de
limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por
los órganos competentes en materia de servicios sociales.
B. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria de estas pruebas selectivas
siempre que no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, que no se hayan negado
a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales, y que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional, deberán adjuntar certificación acreditativa de que cumplen estas
condiciones, es decir,