II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19359)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupos II y III, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 159180
alegaciones pertinentes, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan
contra la valoración definitiva.
9.2 Finalizado dicho plazo, el Tribunal de selección hará público, en el Tablón de
Anuncios de la Sede Electrónica y en la web de la Universidad de Salamanca (https://
www.usal.es),, el acuerdo que contiene la valoración definitiva otorgada a los aspirantes
que han superado el proceso selectivo, con la calificación definitiva en el concurso. En
esta última relación ordenada por orden de puntuación, no podrá haber más aspirantes
que plazas convocadas para cada categoría y especialidad, siendo de aplicación lo
previsto en la base 7.8.
No obstante, lo anterior siempre que el órgano de selección hubiera propuesto igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas en un determinado grupo, el
Rectorado podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes
seleccionados que sigan a los propuestos en el orden de valoración del proceso selectivo
para su posible nombramiento en las siguientes circunstancias: que se produzca la
renuncia de alguno de los aspirantes seleccionados antes de su nombramiento, que algún
aspirante seleccionado no presentase la documentación exigida o que de su examen se
dedujera que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.
9.3. En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la Fase de
Concurso y Oposición, el criterio común de desempate será el siguiente: se dará prioridad
al aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en el mérito de experiencia
profesional según figura en el anexo II en el apartado uno. En segundo lugar, en caso de
continuar el empate, el de mayor puntuación en el apartado tres. De persistir la igualdad,
se dará prioridad al aspirante con mayor número de días trabajados en la misma categoría
y especialidad. Si siguiera persistiendo, tendrá prioridad quien tenga mayor antigüedad en
la USAL. Agotadas todas estas reblas, tendrá prioridad el aspirante de mayor edad.
9.4 Una vez hecha pública la relación de personas que hayan obtenido plaza, el
Presidente del Tribunal correspondiente elevará al Rector de la Universidad la respectiva
propuesta de provisión a favor de estos aspirantes.
10.
Presentación de documentos
10.1
Los aspirantes que superen el Concurso, en el plazo de 10 días hábiles
contados desde el siguiente a la publicación del acuerdo a que hace referencia la
base 6.3.4, deberán presentar en el Registro Único de la Universidad de Salamanca o en
la forma establecida en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas aquellos documentos que acrediten las condiciones y
requisitos exigidos para el acceso a la Categoría convocada, a excepción de aquellos
que ya obren en poder del Servicio de Personal de Administración y Servicios. Se
entregarán estos documentos mediante copias acompañadas de sus originales a fin de
proceder a su verificación y posterior compulsa.
a. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o acreditación equivalente, bien
compulsada, bien acompañada del original para su comprobación.
b. Fotocopia, debidamente compulsada, del título académico requerido según el
apdo. 3.2.a) de esta convocatoria.
c. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de las funciones públicas.
d. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que
corresponda al interesado o por los Servicios Provinciales de la Consejería de Sanidad.
10.2
A quienes dentro del plazo fijado y, salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 3, les serán anuladas sus actuaciones, sin
cve: BOE-A-2022-19359
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280
Martes 22 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 159180
alegaciones pertinentes, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan
contra la valoración definitiva.
9.2 Finalizado dicho plazo, el Tribunal de selección hará público, en el Tablón de
Anuncios de la Sede Electrónica y en la web de la Universidad de Salamanca (https://
www.usal.es),, el acuerdo que contiene la valoración definitiva otorgada a los aspirantes
que han superado el proceso selectivo, con la calificación definitiva en el concurso. En
esta última relación ordenada por orden de puntuación, no podrá haber más aspirantes
que plazas convocadas para cada categoría y especialidad, siendo de aplicación lo
previsto en la base 7.8.
No obstante, lo anterior siempre que el órgano de selección hubiera propuesto igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas en un determinado grupo, el
Rectorado podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes
seleccionados que sigan a los propuestos en el orden de valoración del proceso selectivo
para su posible nombramiento en las siguientes circunstancias: que se produzca la
renuncia de alguno de los aspirantes seleccionados antes de su nombramiento, que algún
aspirante seleccionado no presentase la documentación exigida o que de su examen se
dedujera que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.
9.3. En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la Fase de
Concurso y Oposición, el criterio común de desempate será el siguiente: se dará prioridad
al aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en el mérito de experiencia
profesional según figura en el anexo II en el apartado uno. En segundo lugar, en caso de
continuar el empate, el de mayor puntuación en el apartado tres. De persistir la igualdad,
se dará prioridad al aspirante con mayor número de días trabajados en la misma categoría
y especialidad. Si siguiera persistiendo, tendrá prioridad quien tenga mayor antigüedad en
la USAL. Agotadas todas estas reblas, tendrá prioridad el aspirante de mayor edad.
9.4 Una vez hecha pública la relación de personas que hayan obtenido plaza, el
Presidente del Tribunal correspondiente elevará al Rector de la Universidad la respectiva
propuesta de provisión a favor de estos aspirantes.
10.
Presentación de documentos
10.1
Los aspirantes que superen el Concurso, en el plazo de 10 días hábiles
contados desde el siguiente a la publicación del acuerdo a que hace referencia la
base 6.3.4, deberán presentar en el Registro Único de la Universidad de Salamanca o en
la forma establecida en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas aquellos documentos que acrediten las condiciones y
requisitos exigidos para el acceso a la Categoría convocada, a excepción de aquellos
que ya obren en poder del Servicio de Personal de Administración y Servicios. Se
entregarán estos documentos mediante copias acompañadas de sus originales a fin de
proceder a su verificación y posterior compulsa.
a. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o acreditación equivalente, bien
compulsada, bien acompañada del original para su comprobación.
b. Fotocopia, debidamente compulsada, del título académico requerido según el
apdo. 3.2.a) de esta convocatoria.
c. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de las funciones públicas.
d. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que
corresponda al interesado o por los Servicios Provinciales de la Consejería de Sanidad.
10.2
A quienes dentro del plazo fijado y, salvo casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 3, les serán anuladas sus actuaciones, sin
cve: BOE-A-2022-19359
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Núm. 280