III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19377)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

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– Grado de participación de la administración competente en biodiversidad en la
determinación del régimen de caudales ecológicos y en el seguimiento adaptativo de sus
efectos.
– Disposición de puntos y de sistemas de control del régimen de caudales realmente
circulantes.
– Grado de cumplimiento del régimen de caudales ecológicos. En su caso, razones y
consecuencias de los incumplimientos.
5.2.4

Aplicación del principio de recuperación de costes y excepciones.

Recuperación de los costes medioambientales (coste de las actuaciones del
programa de medidas para el logro de los objetivos medioambientales contrarrestando
las presiones significativas provocadas por cada sector): para cada sector (driver),
administración competente y territorio: seguimiento de la existencia o no de normativa
que posibilite la recuperación de los costes medioambientales, seguimiento del volumen
de costes medioambientales realmente recuperado (€) y finalmente aplicado (€) a la
financiación de las actuaciones del programa de medidas orientadas al logro de los
objetivos medioambientales.
5.2.5 Actuaciones del programa de medidas dirigidas al logro de los objetivos
ambientales (códigos 01 a 10 de la Base de datos de planificación).
El seguimiento se extenderá a cada masa de agua o zona protegida en riesgo de no
cumplir sus objetivos medioambientales, y a cada actuación dirigida a contrarrestar las
presiones significativas que provocan dicho riesgo, contemplando los siguientes
aspectos:
– Masa de agua / Zona protegida en riesgo de no cumplir sus objetivos
medioambientales (OMA).
• Tipo de presión significativa y sector (driver) causante de riesgo de incumplimiento.
• Actuación del programa de medidas que contrarresta dicha presión
– Indicador de resultado (efectividad para contrarrestar la presión):
• Medición de la presión original (unidades indicadas en el anexo 4)
• Brecha existente entre la presión original y la que se estima compatible con el
cumplimiento de los OMA.
• Parte de la brecha existente que la actuación reduce (prevista en el programa /
comprobada tras aplicar la medida).
– Relación coste/ eficacia (prevista / comprobada)
– Indicador de impacto (contribución al cumplimiento de los OMA):

El seguimiento ambiental de estas medidas (impactos estratégicos positivos) se
integrará en la Base de datos de planificación.
5.2.6 Actuaciones del programa de medidas dirigidas a la satisfacción de las
demandas, a incrementar las disponibilidades del recurso o a desarrollar territorios o
sectores económicos (códigos 12 y 19 de la Base de datos de planificación).
El seguimiento se extenderá a cada una de las actuaciones materiales del programa
incluidas en esta categoría y susceptible de generar o incrementar presiones,
singularizando sus efectos sobre cada masa de agua o zona protegida afectadas. No se

cve: BOE-A-2022-19377
Verificable en https://www.boe.es

• Elemento de calidad del estado / potencial (OMA) con (riesgo de) incumplimiento
sensible a la presión.
• Valor inicial.
• Valor final tras aplicar la medida: previsto / comprobado tras aplicar la medida.
• Compatibilidad o no del valor final con el logro de los OMA.