III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19377)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil.
65 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 159362

adicionalmente se requería facilitar la información acreditativa del cumplimiento de los
tres requisitos indicados por los apartados 5 a 7 del artículo 46 de la Ley del patrimonio
natural y la biodiversidad.
El apartado 8 del estudio ambiental estratégico realiza un análisis global del estado
de la Red Natura 2000 en la cuenca del Miño-Sil y de las principales presiones y
amenazas existentes, destacando las generadas por actividades mineras, selvicultura,
tendidos eléctricos y alteraciones en la dinámica y el flujo de agua. En el apartado de
efectos ambientales del programa de medidas sobre la Red Natura 2000, se destacan
dos grupos de medidas con efectos potenciales negativos, las modernizaciones de
regadíos (tipo 03) y las medidas de incremento de los recursos disponibles (tipo 12).
Respecto al primer grupo, el anexo 10 del estudio ambiental cita dos espacios Red
Natura 2000 afectados por las modernizaciones de la Cuenca del Limia (ZEPA A Limia) y
la Zona Regable del Bierzo (ZEC Riberas del río Sil y afluentes), pero no se concretan
los potenciales impactos derivados de estas medidas sobre los objetivos de
conservación o requerimientos ecológicos de estos dos espacios, indicándose
exclusivamente los efectos favorables sobre la reducción de los índices de explotación
como consecuencia del paso de riego por gravedad a riego por presión. Tampoco se
detallan los requerimientos de conservación de otros espacios Red Natura 2000 que
deben constituir objetivos adicionales a alcanzar en las masas de agua.
La información contenida en el estudio ambiental estratégico no profundiza con
suficiente nivel de detalle en los efectos sobre espacios Natura 2000 de las decisiones
de los planes y de las actuaciones individuales incluidas en los respectivos programas de
medidas, llegando únicamente a conclusiones generales que no permiten asegurar que
alguna de dichas decisiones o actuaciones no pueda afectar negativamente de forma
apreciable a algún espacio de la Red Natura 2000, o que no pueda causar un perjuicio a
su integridad.
De los informes recibidos durante el periodo de participación pública de este
expediente que hacen referencia a posibles repercusiones del plan hidrológico y el plan
de gestión del riesgo de inundación, destaca el informe de la Dirección General de
Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia, el cual indica que la evaluación sobre Red
Natura 2000 únicamente contempla los objetivos generales definidos en el Plan Director
de la Red Natura 2000 de Galicia, debiendo haberse reflejado al menos los específicos
para zonas húmedas y corredores fluviales, y siendo recomendable incorporar algunos
objetivos específicos de conservación de hábitats y especies. También informa de que
deben ser revisados algunos tramos fluviales en Red Natura 2000, como por ejemplo en
la provincia de Lugo, donde se solicita añadir otras especies ligadas al medio hídrico y
catalogadas «En peligro de extinción», como podrían ser: Eryngium viviparum, Luronium
natans, Nymphoides peltata, Austropotamobius pallipes, Gomphus graslinii y Macromia
splendens.
Por su capacidad para generar presiones que puedan deteriorar el estado de
conservación de hábitats o especies objeto de protección en espacios Natura 2000, entre
dichas actuaciones debe prestarse espacial atención a las nuevas infraestructuras
hidráulicas, incluidas las nuevas centrales hidroeléctricas convencionales o reversibles o
sus modificaciones, a los proyectos de encauzamiento, canalización o protección frente a
inundaciones mediante infraestructura gris, a las nuevas ampliaciones o consolidaciones
de regadíos, y a las dos modernizaciones de regadío citadas anteriormente. Por su
importancia, también se destaca la necesidad de incluir en el programa de medidas
actuaciones que permitan mejorar significativamente la conectividad fluvial en lo que
afecta a los espacios Red Natura 2000, y en especial en lo relativo a especies
migradoras, mediante instalación de dispositivos de paso en presas, dispositivos de
protección de la fauna en las obras de derivación y restitución, y la adopción de
regímenes de caudales ecológicos que incluyan una componente de caudales medios
mensuales coherente con la conservación del 100% del hábitat potencial útil de las
especies y hábitats objeto de conservación en cada espacio, condición imprescindible
para que mantengan en el espacio un estado de conservación favorable, y adecuados

cve: BOE-A-2022-19377
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 280