I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2022-19290)
Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre, por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido; la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria; y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre, por la que se modifican la Orden
EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos
322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación
mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de comunicación de datos,
correspondientes al Régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto
sobre el Valor Añadido; la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la
que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido,
Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud
de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del
IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los anexos I y II de la Orden
EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos
322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación
mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria; y la Orden
EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de
declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica
el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se
aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja
en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración
censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios,
profesionales y retenedores.

En primer lugar, esta orden tiene por objeto adaptar los modelos 303, 322 y 390 a los
cambios en materia de tipos impositivos introducidos en la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, por la disposición final tercera de la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular
y por el artículo 18 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y
se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y
sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social
y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.
Con efectos desde el 10 de abril de 2022, de acuerdo con el apartado Dos de la
citada disposición final tercera, determinadas donaciones de productos a entidades sin
fines lucrativos, definidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al mecenazgo, tributarán al tipo del cero por ciento.
Con efectos desde el 1 de julio de 2022 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022,
se establece el tipo del 5 % para los contratos de energía eléctrica a que se refiere el
artículo 18 del citado Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio.
Los vigentes modelos 303, 322 y 390 no están diseñados para la declaración
individualizada de los nuevos tipos impositivos del cinco y del cero por ciento. En
consecuencia, es necesaria su modificación para hacer posible la declaración
individualizada de las operaciones sujetas a los nuevos tipo impositivos.
En segundo lugar, esta orden tiene por objeto introducir en los modelos 303, 322
y 390 modificaciones de carácter técnico que faciliten su cumplimentación por el
contribuyente.
Con objeto de homogeneizar la nomenclatura utilizada en los diferentes modelos de
autoliquidación, se modifica en los modelos 303 y 322 la denominación de la casilla B del
apartado a cumplimentar en el último período de liquidación por los sujetos pasivos
exonerados de presentar el modelo 390, y en el modelo 390 se modifica la denominación
de la casilla B del apartado 3.

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