II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19233)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Universitat de València, por la que se convoca proceso selectivo de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Administrativa (Subgrupo C1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 158281
4.5 Devolución de los derechos de admisión al proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de tasas, no procederá la devolución de tasas por los
derechos de admisión al proceso selectivo en los supuestos de exclusión o por causas
imputables exclusivamente a la persona aspirante.
Quinta.
Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
5.1 Toda la información del proceso selectivo se comunicará a las personas
aspirantes mediante su publicación en el tablón oficial de anuncios de la Universitat de
València (https://go.uv.es/7ZNuPaI). Asimismo, en la página web del Servei de Recursos
Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas, se creará una página
específica para esta convocatoria, en la que con carácter meramente informativo se
podrá visualizar toda la información publicada en el tablón.
5.2 Una vez finalizado el proceso selectivo de concurso, se elaborará la lista de
personas aspirantes que lo hayan superado, de acuerdo con la puntuación obtenida y el
número de plazas convocadas.
Con el resultado de las puntuaciones obtenidas, el órgano técnico de selección,
conforme a lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de Selección del Personal de
Administración y Servicios de la Universitat de València (ACGUV 11/2021), expondrá la
relación definitiva de personas por orden de puntuación y elaborará la lista, con los
nombres de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y la
puntuación obtenida.
5.3 Si se produjera un empate en la puntuación, el orden se establecerá de acuerdo
con los siguientes criterios:
En primer lugar, la mayor puntuación obtenida por tiempo trabajado en la escala y
perfil, en su caso, objeto de la convocatoria, o categoría profesional equivalente como
personal indefinido no fijo, en la Universitat de València.
En segundo lugar, en caso de continuar el empate, la persona aspirante de mayor
antigüedad en la Universitat de València.
De persistir la igualdad, se dará preferencia a la persona aspirante de mayor edad.
Sexta.
Conocimientos de valenciano.
Séptima. Publicación de la relación de personas que han superado el proceso selectivo
y presentación de documentos.
7.1 Una vez finalizado el proceso selectivo se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV), por resolución del Rectorado, los nombres de las
personas que han superado el proceso selectivo y la puntuación.
7.2 En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) de la lista con los
cve: BOE-A-2022-19233
Verificable en https://www.boe.es
Las personas que superen el proceso selectivo deberán acreditar el conocimiento de
valenciano del nivel establecido en la base 2.1.4, aportando los certificados, diplomas o
títulos expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o por el Servei
de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València, o bien el certificado de
homologación emitido por este servicio.
Si alguna persona no cumple el requisito anterior se comprometerá a realizar los
oportunos cursos de formación y perfeccionamiento que se organicen para este efecto,
para adquirir, en el plazo de un año desde la toma de posesión en el puesto, o en el
tiempo que permita la programación del Servei de Llengües i Política Lingüística de la
Universitat de València, el nivel de conocimientos de valenciano exigido en esta
convocatoria.
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 158281
4.5 Devolución de los derechos de admisión al proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de
diciembre, de la Generalitat, de tasas, no procederá la devolución de tasas por los
derechos de admisión al proceso selectivo en los supuestos de exclusión o por causas
imputables exclusivamente a la persona aspirante.
Quinta.
Información y actuaciones del órgano técnico de selección.
5.1 Toda la información del proceso selectivo se comunicará a las personas
aspirantes mediante su publicación en el tablón oficial de anuncios de la Universitat de
València (https://go.uv.es/7ZNuPaI). Asimismo, en la página web del Servei de Recursos
Humans (PAS), cuya dirección es: https://www.uv.es/pas, se creará una página
específica para esta convocatoria, en la que con carácter meramente informativo se
podrá visualizar toda la información publicada en el tablón.
5.2 Una vez finalizado el proceso selectivo de concurso, se elaborará la lista de
personas aspirantes que lo hayan superado, de acuerdo con la puntuación obtenida y el
número de plazas convocadas.
Con el resultado de las puntuaciones obtenidas, el órgano técnico de selección,
conforme a lo establecido en el artículo 16 del Reglamento de Selección del Personal de
Administración y Servicios de la Universitat de València (ACGUV 11/2021), expondrá la
relación definitiva de personas por orden de puntuación y elaborará la lista, con los
nombres de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y la
puntuación obtenida.
5.3 Si se produjera un empate en la puntuación, el orden se establecerá de acuerdo
con los siguientes criterios:
En primer lugar, la mayor puntuación obtenida por tiempo trabajado en la escala y
perfil, en su caso, objeto de la convocatoria, o categoría profesional equivalente como
personal indefinido no fijo, en la Universitat de València.
En segundo lugar, en caso de continuar el empate, la persona aspirante de mayor
antigüedad en la Universitat de València.
De persistir la igualdad, se dará preferencia a la persona aspirante de mayor edad.
Sexta.
Conocimientos de valenciano.
Séptima. Publicación de la relación de personas que han superado el proceso selectivo
y presentación de documentos.
7.1 Una vez finalizado el proceso selectivo se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» (DOGV), por resolución del Rectorado, los nombres de las
personas que han superado el proceso selectivo y la puntuación.
7.2 En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) de la lista con los
cve: BOE-A-2022-19233
Verificable en https://www.boe.es
Las personas que superen el proceso selectivo deberán acreditar el conocimiento de
valenciano del nivel establecido en la base 2.1.4, aportando los certificados, diplomas o
títulos expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o por el Servei
de Llengües i Política Lingüística de la Universitat de València, o bien el certificado de
homologación emitido por este servicio.
Si alguna persona no cumple el requisito anterior se comprometerá a realizar los
oportunos cursos de formación y perfeccionamiento que se organicen para este efecto,
para adquirir, en el plazo de un año desde la toma de posesión en el puesto, o en el
tiempo que permita la programación del Servei de Llengües i Política Lingüística de la
Universitat de València, el nivel de conocimientos de valenciano exigido en esta
convocatoria.