III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-19261)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, como entidad colaboradora en la gestión de las ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales y turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 158410

compensación económica se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta
que indique la FEMP, siempre supeditado a la aprobación de las correspondientes
convocatorias en el “Boletín Oficial del Estado”, estableciéndose el siguiente
calendario de libramientos:
– Una vez se adjudiquen los proyectos subvencionables: Pago del 50 por
ciento del importe de la cuantía por cada convocatoria (la primera, la segunda y la
tercera).
– La cuantía restante hasta completar el 100 por ciento del importe en cada
convocatoria, se realizará una vez finalizado los trabajos correspondientes a cada
convocatoria.
Por tanto, y dado que los trabajos a realizar abarcan más de un ejercicio anual,
la distribución de los pertinentes créditos presupuestarios de cada uno de los años
será la siguiente:
Presupuesto por ejercicio

ZONAS
TURÍSTICAS
CONVOCATORIA 1

ZONAS
RURALES

CONVOCATORIA 2

ZONAS
RURALES

CONVOCATORIA 3

ZONAS
RURALES
SUBTOTAL

TOTAL

2024

BI+IVA 500.000,00

BI

453.389,51

BI

453.389,51

46.610,49

IVA

46.610,49

IVA

906.779,02 BI
93.220,98 IVA

BI+IVA

150.000,00 BI+IVA

75.000,00

BI+IVA

75.000,00

BI

136.016,85 BI

68.008,43

BI

68.008,43

6.991,57

IVA

6.991,57

IVA

13.983,15 IVA
1.150.000,00

575.000,00

2025

575.000,00

BI+IVA

910.000,00

BI+IVA 455.000,00

BI+IVA 455.000,00

BI

816.406,75

BI

408.203,38

BI

408.203,38

IVA

93.593,25

IVA

46.796,62

IVA

46.796,62

BI+IVA

450.000,00

BI+IVA 225.000,00

BI+IVA 225.000,00

BI

403.717,63

BI

201.858,82

BI

201.858,82

IVA

46.282,37

IVA

23.141,18

IVA

23.141,18

SUBTOTAL
ZONAS
TURÍSTICAS

2023

BI+IVA 1.000.000,00 BI+IVA 500.000,00

SUBTOTAL
ZONAS
TURÍSTICAS

2022

1.360.000,00

680.000,00

680.000,00

BI+IVA

910.000,00

BI+IVA 455.000,00

BI+IVA 455.000,00

BI

816.406,75

BI

408.203,38

BI

408.203,38

IVA

93.593,25

IVA

46.796,62

IVA

46.796,62

BI+IVA

450.000,00

BI+IVA 225.000,00

BI+IVA 225.000,00

BI

403.717,63

BI

201.858,82

BI

201.858,82

IVA

46.282,37

IVA

23.141,18

IVA

23.141,18

1.360.000,00
3.870.000,00

680.000,00
575.000,00

1.360.000,00

680.000,00
575.000,00

El pago estará supeditado a la presentación de la memoria de actuación
justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en este Convenio, con
indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como
una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.

1.360.000,00

cve: BOE-A-2022-19261
Verificable en https://www.boe.es

PRESUPUESTO