III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2022-19241)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Bigotes de Compasión Infinita.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158301
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19241
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Bigotes de Compasión Infinita.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Bigotes de Compasión Infinita.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don José Manuel González Sánchez y don
David San Martín Ortega según resulta de la escritura otorgada, ante el notario de
Madrid don Carlos Rodríguez-Viña Cancio, el 19 de octubre de 2021 con el número 1689
de protocolo, complementada por otra otorgada ante el notario de Boadilla del Monte don
Luis Carlos Troncoso Carrera el 2 de junio de 2022, protocolo 2724.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Camino de Valdehiguera, 6 28055
Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria, habiendo sido
desembolsada totalmente según se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Promover la estima y reconocimiento de las necesidades básicas de los felinos y el
resto de la fauna de nuestro país, a través de la educación y la concienciación, para
lograr una convivencia respetuosa con los animales y el medio ambiente.
Propiciar un cambio en la actitud hacia las personas gestoras y alimentadoras de las
colonias y los animales que las componen, y romper con su estigmatización.
Dar a conocer el método CER (capturar-esterilizar-retornar) para frenar la
proliferación de colonias felinas, así como a promover la adopción y tenencia
responsable de animales domésticos e inculcar una actitud de respeto y responsabilidad
hacia las diferentes especies de animales, y en contra del abandono o cualquier tipo de
maltrato, sirviendo como entidad de protección animal y atender solicitudes de auxilio.
Contribuir a la protección de la fauna y la valoración de su diversidad a través de la
identificación y registro de colonias y núcleos de animales.
Quinto.
Patronos.
Don José Manuel González Sánchez, don David San Martín Ortega, don Eduardo
Sebastián Galán de Andrés y doña Paloma Victoria Chinarro Hernández.
cve: BOE-A-2022-19241
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158301
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19241
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Bigotes de Compasión Infinita.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Bigotes de Compasión Infinita.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don José Manuel González Sánchez y don
David San Martín Ortega según resulta de la escritura otorgada, ante el notario de
Madrid don Carlos Rodríguez-Viña Cancio, el 19 de octubre de 2021 con el número 1689
de protocolo, complementada por otra otorgada ante el notario de Boadilla del Monte don
Luis Carlos Troncoso Carrera el 2 de junio de 2022, protocolo 2724.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Camino de Valdehiguera, 6 28055
Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria, habiendo sido
desembolsada totalmente según se acredita con la correspondiente certificación
bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Promover la estima y reconocimiento de las necesidades básicas de los felinos y el
resto de la fauna de nuestro país, a través de la educación y la concienciación, para
lograr una convivencia respetuosa con los animales y el medio ambiente.
Propiciar un cambio en la actitud hacia las personas gestoras y alimentadoras de las
colonias y los animales que las componen, y romper con su estigmatización.
Dar a conocer el método CER (capturar-esterilizar-retornar) para frenar la
proliferación de colonias felinas, así como a promover la adopción y tenencia
responsable de animales domésticos e inculcar una actitud de respeto y responsabilidad
hacia las diferentes especies de animales, y en contra del abandono o cualquier tipo de
maltrato, sirviendo como entidad de protección animal y atender solicitudes de auxilio.
Contribuir a la protección de la fauna y la valoración de su diversidad a través de la
identificación y registro de colonias y núcleos de animales.
Quinto.
Patronos.
Don José Manuel González Sánchez, don David San Martín Ortega, don Eduardo
Sebastián Galán de Andrés y doña Paloma Victoria Chinarro Hernández.
cve: BOE-A-2022-19241
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.