III. Otras disposiciones. COMUNITAT VALENCIANA. Municipios. Denominaciones. (BOE-A-2022-19284)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Administración Local, de la Presidencia, relativa a la rectificación y modificación de la inscripción de la denominación del municipio de la Torre d'En Besora por la de Torre d'en Besora.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158960
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer los siguientes recursos:
– Directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo
de dos meses contados a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución, o
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», de conformidad con loque
disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
– En el caso de que la persona interesada sea una Administración pública, no es
posible interponer recurso en vía administrativa, sin perjuicio de formular
potestativamente el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Todo ello sin perjuicio que las personas interesadas puedan ejercer cualquier otra vía
que consideren oportuna.
cve: BOE-A-2022-19284
Verificable en https://www.boe.es
València, 29 de septiembre de 2022.–El Director General de Administración Local,
Antoni Such Botella.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158960
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer los siguientes recursos:
– Directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo
de dos meses contados a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución, o
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», de conformidad con loque
disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
– En el caso de que la persona interesada sea una Administración pública, no es
posible interponer recurso en vía administrativa, sin perjuicio de formular
potestativamente el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Todo ello sin perjuicio que las personas interesadas puedan ejercer cualquier otra vía
que consideren oportuna.
cve: BOE-A-2022-19284
Verificable en https://www.boe.es
València, 29 de septiembre de 2022.–El Director General de Administración Local,
Antoni Such Botella.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X