III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Competencias profesionales. (BOE-A-2022-19285)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria del procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 158963

2. Junto con esta solicitud, debe presentarse la documentación acreditativa
siguiente:
a) Fotocopia del DNI o del NIE, siempre que el interesado no autorice su
comprobación de oficio, u otro documento justificativo.
b) Justificante del pago de la tasa de inscripción y, si es el caso, documentación
justificativa de tener derecho a la exención del pago.
c) Documentación justificativa de cumplir con los requisitos establecidos en el punto
sexto:
En caso de querer acreditar experiencia laboral:
i.

Para trabajadores asalariados:

– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de
Marina o de la mutualidad a la que estén afiliados en el que consten la empresa, la
categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación.
– Contratos de trabajo o certificado de la empresa donde se haya adquirido la
experiencia laboral en que consten la duración de los periodos de prestación del
contrato, la actividad ejercida y el intervalo de tiempo en que se ha desarrollado la
actividad.
ii.

Para trabajadores autónomos o por cuenta propia:

– Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de
Marina o de la mutualidad a la que estén afiliados en el que consten los periodos de alta
en el régimen correspondiente.
– Declaración responsable con la descripción de la actividad ejercida y el intervalo
de tiempo en que se ha realizado.
iii.

Para trabajadores voluntarios o becarios:

– Certificado de la organización donde se haya prestado la asistencia en que
consten las actividades y las funciones ejercidas, el año en que se han ejercido y el
número total de horas dedicadas.
En caso de querer acreditar formación no formal:
– Certificado de la formación en el que deben constar los contenidos, la duración en
horas y el periodo en que se hizo. Si la duración de la formación está expresada en
créditos, debe especificarse la equivalencia en horas. No se deben valorar los cursos de
duración inferior a diez horas ni la asistencia a jornadas, simposios, eventos o similares.
En caso de personas mayores de 25 años que cumplen los requisitos y que no
pueden justificarlos:

3. Todos los documentos que no se presenten redactados en lengua catalana o
castellana deben acompañarse necesariamente de la traducción oficial correspondiente.
4. La falsedad en los datos declarados o aportadas comporta la pérdida del
derecho a participar en este procedimiento y la no devolución de las tasas abonadas.
Cuarto.

Admisión al procedimiento.

1. Las solicitudes de inscripción al procedimiento deben ser revisadas por la
Comisión Permanente.

cve: BOE-A-2022-19285
Verificable en https://www.boe.es

– Declaración responsable o prueba admitida en derecho para justificar los requisitos
de experiencia laboral o formación no formal.