III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2022-19282)
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la autonomía y Atención a la Dependencia de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 "Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158948
Población mayor de 65 años y menor de 16 años
2,3%
Comunidades
Autónomas
Población
dependiente
(7a)
Población
residente
(7b)
Tasas de
población
dependiente
(7) = (7a)/(7b)
Peso
relativo
(8)= (7)/
Total(7)
Peso rel.
Ponderado
(9) = (8)*2,3%
Navarra.
238.811
656.487
36,38
6,9%
0,2%
País Vasco.
824.659
2.189.310
37,67
7,1%
0,2%
16.250.783
46.263.171
100,0%
2,3%
Total.
530
– Indicador: Tasa de población dependiente.
– Definición: Peso relativo sobre la tasa de población dependiente calculada como el
número de personas menores de 16 y mayores de 65 respecto al número de población
residente.
– Fuente: Indicadores de estructura de población (INE).
– Último dato disponible: 2019 (a fecha de 31 de diciembre).
– Enlace: https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?=9682&L=0
4. Dispersión: Dispersión de la población de un territorio dado en función a las
unidades poblacionales existentes en el mismo de acuerdo con la definición de entidades
singulares recogida en el padrón continuo del año 2019. El peso relativo se calcula como
el porcentaje respecto al total y se pondera por el 1,5% establecido.
Dispersión
1,5%
Entidades
singulares
(10)
Peso relativo
(11)= (10)/Total(10)
Peso rel.
Ponderado
(12) = (11)*1,5%
Andalucía.
2.811
4,6%
0,1%
Aragón.
1.553
2,6%
0,0%
Asturias.
6.955
11,5%
0,0%
317
0,5%
0,0%
Canarias.
1.108
1,8%
0,0%
Castilla y León.
6.175
10,2%
0,2%
Castilla-La Mancha.
1.713
2,8%
0,0%
Cataluña.
3.904
6,4%
0,1%
C. Valenciana.
1.190
2,0%
0,0%
622
1,0%
0,0%
Galicia.
30.347
50,1%
0,8%
Madrid.
786
1,3%
0,0%
Murcia.
896
1,5%
0,0%
Navarra.
950
1,6%
0,0%
1.299
2,1%
0,0%
Balears, Illes.
Extremadura.
País Vasco.
Total.
60.626
– Indicador: Dispersión.
– Definición: Proporción de entidades singulares.
100%
1,5%
cve: BOE-A-2022-19282
Verificable en https://www.boe.es
Comunidades Autónomas
Núm. 279
Lunes 21 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 158948
Población mayor de 65 años y menor de 16 años
2,3%
Comunidades
Autónomas
Población
dependiente
(7a)
Población
residente
(7b)
Tasas de
población
dependiente
(7) = (7a)/(7b)
Peso
relativo
(8)= (7)/
Total(7)
Peso rel.
Ponderado
(9) = (8)*2,3%
Navarra.
238.811
656.487
36,38
6,9%
0,2%
País Vasco.
824.659
2.189.310
37,67
7,1%
0,2%
16.250.783
46.263.171
100,0%
2,3%
Total.
530
– Indicador: Tasa de población dependiente.
– Definición: Peso relativo sobre la tasa de población dependiente calculada como el
número de personas menores de 16 y mayores de 65 respecto al número de población
residente.
– Fuente: Indicadores de estructura de población (INE).
– Último dato disponible: 2019 (a fecha de 31 de diciembre).
– Enlace: https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?=9682&L=0
4. Dispersión: Dispersión de la población de un territorio dado en función a las
unidades poblacionales existentes en el mismo de acuerdo con la definición de entidades
singulares recogida en el padrón continuo del año 2019. El peso relativo se calcula como
el porcentaje respecto al total y se pondera por el 1,5% establecido.
Dispersión
1,5%
Entidades
singulares
(10)
Peso relativo
(11)= (10)/Total(10)
Peso rel.
Ponderado
(12) = (11)*1,5%
Andalucía.
2.811
4,6%
0,1%
Aragón.
1.553
2,6%
0,0%
Asturias.
6.955
11,5%
0,0%
317
0,5%
0,0%
Canarias.
1.108
1,8%
0,0%
Castilla y León.
6.175
10,2%
0,2%
Castilla-La Mancha.
1.713
2,8%
0,0%
Cataluña.
3.904
6,4%
0,1%
C. Valenciana.
1.190
2,0%
0,0%
622
1,0%
0,0%
Galicia.
30.347
50,1%
0,8%
Madrid.
786
1,3%
0,0%
Murcia.
896
1,5%
0,0%
Navarra.
950
1,6%
0,0%
1.299
2,1%
0,0%
Balears, Illes.
Extremadura.
País Vasco.
Total.
60.626
– Indicador: Dispersión.
– Definición: Proporción de entidades singulares.
100%
1,5%
cve: BOE-A-2022-19282
Verificable en https://www.boe.es
Comunidades Autónomas