III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19066)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto "Parque Eólico Canales Sur, de 120 MW, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas en Antigüedad, Baltanás, Valle de Cerrato y Palenzuela (Palencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022

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infraestructuras del proyecto, en las tres alternativas, a excepción de un tramo de la LAT,
se encuentran sobre la IBA «Páramos del Cerrato» (Código: 044).
4.2

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas y
alegaciones recibidas y de las consideraciones finales del promotor como resultado de la
participación pública, se resumen a continuación los impactos significativos del proyecto
y su tratamiento, referidos a la alternativa 1 seleccionada por el promotor para el parque
eólico, la SET Canales Sur y la LAT 132 kV SET Canales Sur – SET Promotores Cerrato.
El estudio contempla los impactos asociados a las fases de construcción, explotación
y desmantelamiento. Los impactos de la fase de desmantelamiento derivados de las
actuaciones de movimiento de tierras, desmontaje de las infraestructuras de la
instalación, presencia de personal y maquinaria son del mismo tipo que durante la fase
de construcción, con la diferencia de que tras esta fase se incluyen labores de restitución
de terrenos y accesos y la recuperación de usos originales del suelo que generarían
fundamentalmente impactos positivos.
4.2.1

Suelo, subsuelo y geodiversidad.

En la fase de obras, las labores de desbroce y excavación pueden determinar la
pérdida o degradación del suelo fértil y el incremento de los procesos erosivos. El
promotor asegura que se maximizará la utilización de los caminos existentes en la zona,
reutilizando los posibles excedentes para el relleno de cimentaciones, zanjas y
plataformas, junto con la reutilización de toda la tierra vegetal excavada en las obras,
para restauración y revegetación de plataformas, zanjas y terraplenes. Se retirará la
capa de tierra vegetal, se acopiará adecuadamente evitando zonas de arroyada y
circulación de aguas de lluvia y evitando que se produzcan arrastres de tierra por viento
o escorrentía. El estudio hace una estimación de movimientos de tierras, siendo un total
de 79.699,96 m3 de desmonte y 50.030,74 m3 para el relleno. Estos movimientos de
tierras previstos alcanzan aproximadamente los 334.785 m2 de superficie afectada.
Durante la explotación, se puede producir contaminación del suelo por vertidos o fugas
accidentales de residuos de los vehículos que se empleen en el mantenimiento del
parque. Para minimizar estas afecciones, el promotor plantea como medidas la
utilización de viales preexistentes y la restauración de taludes y zonas de ocupación
temporal inmediatamente posterior a las obras.
Agua.

Durante la fase de obras, se identifican impactos sobre las aguas superficiales, ya
que se producen varios cruzamientos con cauces presentes en el área de estudio con la
línea de evacuación del parque. Las zonas de policía se interceptan por las zanjas que
van de la subestación al aerogenerador CS-07, un tramo de zanjas y nuevos viales entre
el aerogenerador CS-18 y CS-19, los apoyos de a LAT 17, 28 y 43, así como tramos de
accesos nuevos y existentes a la LAT. Las zanjas de la RSMT entre la subestación y el
aerogenerador CS-07 además interceptarían la zona de servidumbre de un cauce
afluente del arroyo del «Valle del Pozuelo». También algunos de los accesos temporales
a los apoyos de la LAT 132 kV interceptarían dichas zonas. De acuerdo con el informe de
la Confederación Hidrográfica del Duero, no se prevé que el proyecto pueda causar
impactos negativos irreversibles sobre el dominio público hidráulico, que puedan suponer
modificación de características físicas de las masas de agua o puedan suponer un
deterioro adicional del estado de las masas de agua afectadas, siempre y cuando se
apliquen las medidas protectoras y correctoras en las distintas fases que se indican en el
EsIA presentado por el promotor. Los cruces de las líneas eléctricas subterráneas con
los cauces se realizarán por perforación dirigida preferentemente, salvo que su régimen
permita realizarlo mediante zanja en época seca y con restauración posterior del lecho

cve: BOE-A-2022-19066
Verificable en https://www.boe.es

4.2.2