II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-19026)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización para el ingreso mediante concurso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
45 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 157197

En dicha instancia deberá solicitarse, con carácter obligatorio, en primer lugar, las
plazas de la especialidad de la Ciudad Autónoma por la que se participe que hayan sido
convocadas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación
Profesional.
A continuación de dichas plazas convocadas en la presente resolución, los
participantes podrán señalar en el apartado correspondiente de la solicitud, por orden de
preferencia, las plazas solicitadas de aquellas administraciones educativas señaladas en
el anexo I que oferten plazas de la misma especialidad y turno de ingreso por el que se
participa. Dicha ordenación determinará, en función de la puntuación obtenida en el
concurso de méritos, el orden para la posible adjudicación de alguna de las plazas
solicitadas que hayan sido convocadas para esa especialidad y turno de ingreso por las
citadas administraciones.
En la página https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
oposiciones-y-ofertas-trabajo/convocatoria-estabilizacion.html, podrá accederse a los
enlaces de las convocatorias realizadas por las Comunidades Autónomas firmantes del
Acuerdo de Conferencia Sectorial de fecha de 2 de noviembre de 2022 que aparecen
relacionadas en el anexo I de esta resolución.
3.1.4 Participación a plazas de otra Administración educativa por el turno de
reserva. Quienes deseen participar por el turno de reserva a plazas de alguna de las
especialidades convocadas en la presente resolución que hayan sido convocadas por
ese sistema de ingreso por alguna de las Administraciones educativas señaladas en el
anexo I, podrán hacerlo a través de su instancia única de participación, siempre que
cumplan los requisitos señalados para participar por ese turno de reserva en la
correspondiente convocatoria de esa Administración por la que solicitan participar. Para
ello, deben solicitar esas plazas, en el orden que deseen, a continuación de las plazas
de la especialidad por la que participen que hayan sido convocadas en el ámbito de las
Ciudades Autónomas de Ceuta o Melilla.
Solo se podrá participar a las plazas de una especialidad convocadas por cada
Administración educativa por un único sistema de ingreso: libre o, en su caso, de
reserva. Cuando se desee participar a través de la instancia única de participación a
plazas de una especialidad de distintas Administraciones educativas, que hayan sido
convocadas en distinto turno de ingreso, deberá señalarse en el apartado
correspondiente de la ordenación de plazas que se realice, el turno de ingreso, libre o de
reserva, por el que, en su caso, se solicite participar en cada una de esas convocatorias.
No obstante, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 2271/2004,
de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de los
puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el supuesto de que alguno de
los aspirantes que se presenten por la reserva de plazas para personas con
discapacidad no obtuviese plaza en la citada reserva, siendo su puntuación global en el
procedimiento selectivo superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de
ingreso libre de su misma especialidad que obtengan plaza por turno de ingreso libre, en
la Administración educativa por la que participe por el sistema de reserva, este será
incluido por su orden de puntuación en el sistema de ingreso libre en esa Administración.
3.1.5 El orden establecido en la solicitud respecto a las plazas de la especialidad
convocadas por las Administraciones educativas y por el turno de ingreso por el que se
participe será vinculante para la persona aspirante, de forma que cualquier error u
omisión en el mismo puede determinar que, en su caso, no se obtenga plaza de la
especialidad solicitada o se obtenga una plaza no deseada.
Cuando en la ordenación realizada se incluyese la solicitud de plazas de la
especialidad por la que se participa de Administraciones educativas que no hayan
convocado plazas de esa especialidad, las hayan convocado por un turno de ingreso
distinto a aquel por el que se participa, o no se acrediten por el candidato, de acuerdo
con la documentación presentada, los requisitos lingüísticos o de participación por el
turno de reserva que, en su caso, puedan resultar exigibles de acuerdo con la
convocatoria de esa Administración a cuyas plazas se opta, la solicitud formulada a esas

cve: BOE-A-2022-19026
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 277